Jubilación con 10 años de aportes: quiénes pueden acceder, cómo y cuánto se cobra

No todas las personas llegan a los 30 años de aportes que exige la jubilación ordinaria. Cómo hacer para acceder al beneficio en estos casos.

16 de marzo, 2026 | 10.00

No todas las personas llegan a los 30 años de aportes que exige la jubilación ordinaria. Para esos casos, el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) contempla una alternativa: la jubilación por edad avanzada

Este régimen permite acceder al beneficio con solo 10 años de servicios con aportes, siempre que se cumplan condiciones específicas. Está diseñado para quienes tienen una trayectoria laboral más corta dentro del sistema previsional bonaerense pero ya superaron la edad de retiro.

Los requisitos para acceder al beneficio

Para solicitar esta jubilación, se deben cumplir tres condiciones básicas:

  • Tener 65 años o más.

  • Acreditar al menos 10 años de aportes al IPS.

  • Haber trabajado 5 años dentro de los últimos 8 previos al cese laboral.


El último punto es clave: no alcanza con haber acumulado aportes en el pasado si no hubo actividad reciente. La norma exige una vinculación laboral efectiva en el período inmediato anterior al retiro.

Cómo se calcula el haber

El monto inicial equivale al 50% de la jubilación ordinaria. A partir de ahí, el porcentaje aumenta 2% por cada año adicional de aportes que supere los 10 exigidos, hasta llegar al 100% como tope.

La referencia para el cálculo es el mejor cargo desempeñado durante la carrera, siempre que haya sido ejercido durante 36 meses consecutivos o 60 alternados con aportes. Si no se alcanza ese mínimo, se promedian cargos anteriores hasta completar el período requerido.

A su vez, el IPS permite sumar servicios realizados en otros sistemas previsionales, incluida la ANSES, siempre que la mayor parte de la historia laboral corresponda a la provincia de Buenos Aires. En esos casos, el interesado debe tramitar primero un Reconocimiento de Servicios en la caja de origen antes de incorporarlo al expediente provincial.

Para iniciar el trámite se requiere:

  • CUIL o CUIT.

  • Certificación de servicios.

  • Constancia del mejor cargo desempeñado.

  • Expediente de Reconocimiento de Servicios (si corresponde).

  • Para docentes, certificación emitida por la institución donde trabajaron.
     

Cómo iniciar el trámite

El interesado puede optar por varias vías:

  • Presencial: con turno previo solicitado en el sitio web oficial del IPS.

  • Autogestión digital: a través de la plataforma online del organismo.

  • Jubilación ejecutiva: modalidad exclusiva para agentes cesados de la Administración Pública que ya estén dados de baja en el sistema SIAE.
     

Quiénes no pueden acceder

Quedan excluidas las personas que ya perciban otra jubilación, pensión o retiro, ya sea de origen nacional, provincial o municipal. El beneficio está pensado para quienes aún no cuentan con ninguna prestación previsional activa.

La jubilación por edad avanzada del IPS es una opción concreta para trabajadores bonaerenses que, pese a no alcanzar la carrera completa, ya superaron los 65 años y necesitan acceder a un ingreso previsional.

Con 10 años de aportes y el cumplimiento de los requisitos de actividad reciente, es posible jubilarse con un haber inicial del 50%, que crece si se sumaron más años de servicio.