Los monotributistas que no mantengan actualizada su información fiscal o presenten inconsistencias entre los datos declarados y los registros que analiza la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pueden ser alcanzados por una recategorización de oficio, un procedimiento mediante el cual el organismo modifica la categoría del contribuyente sin que éste haya realizado el trámite correspondiente. Ante esta situación, hay una forma de apelar la decisión de la ex AFIP.
La medida forma parte de los controles habituales que realiza el organismo y busca corregir situaciones en las que el nivel de actividad informado no coincide con la información obtenida a través de cruces de datos fiscales, bancarios y patrimoniales. No obstante, la normativa también contempla un mecanismo para que los contribuyentes puedan impugnar la decisión cuando consideren que fue adoptada sobre datos incorrectos.
La recategorización del Monotributo debe realizarse dos veces al año y toma como referencia la actividad desarrollada durante los últimos doce meses. Para determinar la categoría correspondiente, ARCA evalúa distintos parámetros, entre ellos los ingresos brutos acumulados, el consumo de energía eléctrica, la superficie afectada a la actividad y el monto de los alquileres devengados.
Cuando el contribuyente no realiza el trámite obligatorio o declara información que no coincide con los registros oficiales, el organismo puede iniciar una recategorización automática. Para ello cruza datos provenientes de cuentas bancarias, billeteras virtuales, acreditaciones, sistemas de pago electrónico y otros registros fiscales.
Uno de los aspectos que suele generar consultas está relacionado con las transferencias bancarias. Si bien existen movimientos que no representan ingresos de la actividad como préstamos, transferencias entre cuentas propias o ayuda familiar, estos pueden generar alertas si el contribuyente no cuenta con documentación que permita justificar el origen de esos fondos.
La notificación de la recategorización se envía al Domicilio Fiscal Electrónico, donde también se detallan los fundamentos de la decisión. Por ese motivo, ARCA recomienda revisar periódicamente ese canal para evitar que los plazos legales transcurran sin que el contribuyente tome conocimiento de la medida.
Cómo presentar una apelación ante ARCA
Los monotributistas que consideren incorrecta la recategorización cuentan con 15 días hábiles desde la notificación para presentar un recurso administrativo.
El trámite se realiza de forma online mediante el servicio Presentaciones Digitales, ingresando con CUIT y Clave Fiscal y seleccionando la opción "Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término". Allí deberán explicar los motivos del reclamo y acompañar toda la documentación que respalde su situación.
Entre la documentación que puede presentarse figuran:
-
Extractos bancarios.
-
Facturas emitidas.
-
Contratos.
-
Comprobantes de préstamos o transferencias personales.
-
Cualquier otro documento que justifique los movimientos observados por ARCA.
Si el plazo para apelar ya venció, la normativa permite igualmente presentar un recurso fuera de término mediante la opción "Recategorización de oficio del Monotributo – Recurso fuera de término", también disponible en Presentaciones Digitales.
