ARCA resolvió las apelaciones por la recategorización de oficio del Monotributo: qué decidió

El organismo informó cómo continuará el trámite para quienes impugnaron la recategorización automática y recordó que el 5 de agosto vence la nueva recategorización semestral. 

13 de julio, 2026 | 19.28

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer los resultados definitivos del proceso de recategorización de oficio que alcanzó a más de 220.000 monotributistas en todo el país y aclaró cómo continuará el trámite para quienes presentaron objeciones a la medida.

La fiscalización, impulsada por la ex AFIP para detectar inconsistencias entre la facturación registrada y la categoría declarada por los contribuyentes, derivó en el cambio automático de escala para miles de monotributistas, quienes además deberán afrontar el pago de las diferencias correspondientes.

El procedimiento generó numerosas quejas por parte de los contribuyentes, que cuestionaron los criterios utilizados por ARCA para determinar las recategorizaciones. Muchos sostuvieron que el sistema computó como ingresos comerciales operaciones que no correspondían a su actividad, como préstamos familiares, transferencias entre cuentas propias o movimientos vinculados con gastos compartidos.

Ante esas críticas, el Gobierno aclaró que los controles se enfocan sobre operaciones comerciales cobradas mediante tarjetas de crédito, débito o códigos QR, y no sobre las transferencias bancarias comunes.

Sin embargo, especialistas en materia tributaria advirtieron que cualquier acreditación bancaria puede ser objeto de análisis por parte del fisco, por lo que recomiendan mantener debidamente documentado el origen de todos los movimientos.

Qué pasará con quienes impugnaron la medida de ARCA

ARCA habilitó un procedimiento para que los contribuyentes manifestaran su disconformidad con la recategorización automática. Ese plazo finalizó el 16 de marzo y fue utilizado por alrededor de 24.000 monotributistas. Para ese grupo, el organismo suspendió provisoriamente la modificación de categoría hasta realizar una revisión individual de cada caso.

Durante esa instancia, los contribuyentes podrán presentar la documentación necesaria para demostrar que los fondos cuestionados no corresponden a ingresos derivados de su actividad económica. Más allá de este procedimiento extraordinario, ARCA recordó que la recategorización semestral del Monotributo continúa siendo una obligación para todos los contribuyentes.

El próximo vencimiento quedó fijado para el 5 de agosto de 2026 y tomará como referencia la actividad desarrollada entre julio de 2025 y junio de 2026. Para determinar si corresponde mantener, subir o bajar de categoría, deberán revisarse cuatro parámetros principales:

  • La facturación acumulada durante los últimos doce meses.

  • El consumo de energía eléctrica.

  • Los alquileres devengados vinculados a la actividad.

  • La superficie afectada al desarrollo del trabajo o del comercio.

En el caso de quienes realizan ventas de bienes, también deberá verificarse que el precio unitario de los productos no supere los límites establecidos por el régimen.

Especialistas recomiendan revisar con anticipación la facturación anual para estimar si la actualización de las escalas implicará un cambio de categoría, además de controlar que todas las operaciones del período se encuentren correctamente facturadas. Esto permite evitar diferencias que puedan derivar posteriormente en nuevas recategorizaciones de oficio o en ajustes por parte del organismo recaudador.

Las recomendaciones para evitar la recategorización de oficio.