La Corte Suprema falló en favor de Vidal y validó la ampliación del máximo tribunal en Santa Cruz

El fallo del máximo tribunal nacional rechazó la demanda impulsada por el gremio de empleados judiciales y restableció la vigencia de la ley sancionada por la Legislatura provincial. El Tribunal Superior estará compuesto por nueve miembros. 

14 de mayo, 2026 | 15.35

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en favor del gobernador Claudio Vidal y declaró válida la reforma judicial de Santa Cruz que habilita la incorporación inmediata de los nuevos integrantes del Tribunal Superior de Justicia provincial (TSJ). Con este fallo, el órgano máximo del Poder Judicial provincial tendrá nueve miembros.

La decisión de la Corte revocó íntegramente el fallo del TSJ, que había declarado inconstitucional la Ley Provincial N°3.949 por considerarla "irrazonable" y contraria al principio de independencia judicial.

De esta manera, resolución deja sin efecto todos los cuestionamientos sobre la ampliación y legitima las designaciones efectuadas por la Cámara de Diputados provincial de Sergio Acevedo, José González Nora, Gabriel Nolasco Contreras y Juan Ramón de la Vega. 

Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal nacional sostuvo que no existen “impedimentos” para que los magistrados designados asuman sus cargos. De esta manera, quedó sin efecto la sentencia que había declarado inconstitucional la Ley provincial N°3.949 y rechazó la demanda promovida por la Asociación Gremial de Empleados Judiciales.

La decisión llegó luego de dos exhortaciones para que el tribunal provincial remitiera los expedientes vinculados con el conflicto abierto. La Corte determinó que dichos nombramientos quedan plenamente vigentes de manera inmediata y los nuevos magistrados deberán integrarse sin restricciones.

La Corte Suprema restableció la ley y Vidal tendrá sus jueces

La disputa de poder en Santa Cruz se originó en septiembre del año pasado, cuando cuatro miembros del tribunal provincial rechazaron la ampliación del tribunal, que los dejó en minoría. Los grandes ejes de la Corte provincial que se oponía a su ampliación pasaron por la razonabilidad de ese medida, su real necesidad y su financiamiento.

En su fallo, la Corte Suprema de la Nación enfatizó que, “en los términos del artículo 5 de la Constitución Nacional, el gobierno federal es el garante del goce y ejercicio de las instituciones provinciales y que esta Corte Suprema tiene la responsabilidad, en el marco de sus competencias, de asegurar el cumplimiento del orden institucional establecido”.

Además, consideró que entre el diagnóstico legislativo de serios problemas en el servicio de justicia, la consiguiente necesidad de impulsar “reformas orientadas a mejorar la celeridad y el acceso a justicia” y la medida de ampliar la integración del máximo tribunal de la provincia no existía la adecuación exigida por el principio de razonabilidad".

En relación con el cuestionamiento financiero de la ampliación de la Corte santacruceña, la Corte Suprema señaló que esta "afirmación es completamente dogmática, como denuncian los recurrentes, pues ninguna relación existe entre aumentar cuatro cargos en un tribunal determinado y disminuir, en general, las remuneraciones de los empleados judiciales"

En definitiva, los magistrados de la Corte resolvieron que la ley aprobada por la Cámara de Diputados se aplique y, en consecuencia, la integración del TSJ sea de nueve jueces.