El extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) e íntimo amigo de Javier Milei, Diego Spagnuolo, pidió que se anule el peritaje de los audios del escándalo en el Coimagate. La solicitud es insólita: el exabogado del Presidente fue el que había requerido que se peritaran las grabaciones que lo involucran. ¿Qué provocó este giro? Que el juez Ariel Lijo dio curso a un pedido del fiscal Franco Picardi y ordenó que se cite a Spagnuolo para que aporte “material indubitado” que permita la comparación de los audios con su voz. Eso generó esta reacción del exfuncionario, que considera que esto podría autoincriminarlo. Spagnuolo está procesado por ser jefe de una asociación ilícita que funcionó en el órgano que estaba bajo su mando. El exfuncionario decía que las grabaciones fueron manipuladas y tenían intervenciones con Inteligencia Artificial pero ahora quiere que no se haga el estudio y que igual se anule toda la causa.
En un escrito de 24 páginas que se incorporó al expediente este martes, Spagnuolo a través del abogado Pablo Parera, sostuvo respecto al peritaje: “Luce acreditado, por un lado, que la disposición ordenada no cumplió con los pasos procesales que tan delicada situación requería y dispuso la utilización de mi asistido como sujeto de prueba afectándose así la garantía de raigambre constitucional que protege la autoincriminación; por otro lado, la utilización de una prueba que se exhibe inválida resulta ser el motivo por el cual el debido proceso fue vulnerado y ello debe ser invalidado mediante la acogida favorable de esta herramienta procesal”. Es decir, confirma que si se peritan los audios la situación de Spagnuolo podría complicarse en el Coimagate.
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Ante este cuadro de situación, el íntimo amigo del Presidente planteó “la nulidad del punto V.2 de la resolución emitida en fecha 28 de mayo del año 2026 donde se dispuso que ‘…la dependencia designada deberá convocar a Diego Spagnuolo a los fines de que aporte el material indubitado, necesario y útil para la realización de la pericia’.” En esa línea, señala que “la medida aquí impugnada podría ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior, (por lo que) solicito que, hasta tanto se resuelva la cuestión aquí planteada, se suspenda su materialización”.
¿Qué es lo que está en juego? Que se periten las grabaciones en las que se escucha a Spagnuolo describir un sistema de corrupción en la ANDIS y en el que menciona a Karina Milei como destinataria final de al menos un 3% de las coimas que circulaban por el organismo. Se trata de audios filtrados por el canal Carnval Stream. El cambio de postura de Spagnuolo se produjo luego de que Picardi, quien tiene delegada la investigación del caso, pidiera que se coteje la voz del intimo amigo de Milei con la que se escucha en los audios. El fiscal, en principio, consideraba que no debían peritarse las grabaciones porque no fueron utilizadas como prueba en el expediente sino como un instrumento válido para iniciar la investigación. El mismo criterio tuvo el primer juez del caso, Sebastián Casanello. Pero la Cámara Federal porteña a pedido de Spagnuolo revocó esa postura y ordenó que se establezca la veracidad de las grabaciones. Ante ese escenario Picardi pidió que se compare la voz. Esto puso nervioso al extitular de la ANDIS. ¿Dónde se debe realizar este estudio? En el marco de un incidente impulsado por las defensas en el que se pide la nulidad de todo lo actuado en el expediente, donde ya se reveló con abundante prueba que en la ANDIS funcionó una “enorme trama de corrupción”.
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El insólito planteo de nulidad
El abogado de Spagnuolo se quejó de que Lijo “ordenó la convocatoria de mi asistido para que aporte el material -su voz- que servirá de complemento para el estudio pericial próximo a realizarse” pero “sin su consentimiento” lo que “lo ubicó como sujeto de prueba”. Lo insólito es que el propio Spagnuolo había pedido el peritaje.
Para Spagnuollo “los audios deben ser excluidos de este proceso y la endeble característica que presentan en términos probatorios”. “La nulidad planteada es la herramienta procesal oportuna tanto para salvaguardar debidamente la eficacia de la garantía constitucional que protege la autoincriminación de toda persona imputada, como para asegurar excluir el material probatorio reputado de invalido”, añadió la defensa del extitular de ANDIS. Para sostener su planteo el abogado Parera recordó que “Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo…”. Toda una declaración inculpabilidad.
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La defensa de Spagnuolo dice que lo que está en juego es “la afectación de la garantía” que protege la autoincriminación porque la citación del íntimo amigo de Milei implica “una medida que requiere una emisión activa y voluntaria de mi representado que únicamente puede ser confeccionada con su consentimiento; dado que se encuentra prohibido compeler a una persona a expresar su voz a través de maniobras tormentosas”. Lo que no se aclara en este apartado dela presentación es que fue el propio Spagnuolo el que pidió este peritaje de los audios.
En esta línea, Parera dice que “a raíz de que se dispuso la citación del Sr. Spagnuolo a aportar su voz, como complemento de una medida pericial, sin haber requerido que previamente preste su consentimiento, es que se encuentra acreditado otro motivo por el cual la garantía en cuestión se encuentra afectada”. “La decisión aquí cuestionada configura un forzamiento de colaboración ilegal de mi asistido por haberse soslayado su voluntad; lo cual resulta pasible de nulidad por haberse afectado -como se dijo- una de las garantías fundamentales previstas en el art. 18 de la C.N. Especialmente porque su intervención activa e inconsulta en aquella medida podría aparejarle un resultado desfavorable/perjudicial respecto de la acusación que soporta”. Sostiene la defensa de Spagnuolo que se le debió correr vista de la citación pedida por el fiscal para opinar antes de que fuera definida por el juez.
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En otro pasaje de su presentación, la defensa de Spagnuolo cuestionó la “incierta procedencia” de los audios que estuvieron “presuntamente manipulado(s) y que no resulta(n) ser el archivo original; sumado que es un documento del cual la veracidad de su contenido no encuentra respaldo en la trazabilidad en la cadena de obtención porque la conservación, previo a su ingreso al expediente, no se mantuvo incólume”. Pero este argumento choca de frente con que si el peritaje de la voz de Spagnuolo da positivo se complica la situación procesal del íntimo amigo de Milei.
Luego, la defensa de Spagnuolo asegura por qué las grabaciones fueron editadas. Considera que con eso “es suficiente concluir que los audios fueron manipulados previo a su ingreso al expediente por haberse suprimido la voz de uno de los interlocutores; además por las características que presentan se infiere que se habría producido un ensamblaje de distintos fragmentos de diversas comunicaciones en un único documento”. El punto es si eso alcanza para dar por falsos los audios cuyo contenido se comprobó en gran parte del expediente y por otros medios ya que nunca fueron tenidos por prueba.
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Para la defensa de Spagnuolo “la manipulación previa del material digital constituye un elemento suficiente para decretar su invalidez y, de esta manera, impedir su ingreso al expediente”.
Como si fuera poco, también se toma la defensa de Spagnuolo de una causa que inició el gobierno a través del ministerio de Seguridad de la Nación que denunció que esos audios fueron producto de un “espionaje ilegal”. “El origen de los audios es parte del objeto procesal circunscripto en la investigación que cursa en el expediente N°3604/2025, de trámite ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº12, donde se investiga el desarrollo de actividades prohibidas por la Ley Nacional de Inteligencia (Ley 25.520) consistentes en la captación y obtención ilegal de audios y/o comunicaciones privadas que corresponderían a mi asistido”. “Siendo allí donde las grabaciones se encuentran investigadas y es donde, en primer término, se determinará y/o esclarecerá el origen de los audios; consecuentemente, se podrá determinar la validez de aquellos audios y su validez probatoria”, agregaron. Esa causa está en manos del fiscal Carlos Stornelli, allegado al gobierno de Milei.
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Por todo esto, al defensa de Spagnuolo concluye que “siendo que el material probatorio carece de toda eficacia, porque su origen es incierto y su contenido perceptiblemente manipulado, es que debe ser excluido mediante la declaración de nulidad postulada; en consecuencia, corresponderá anular la actividad procesal devenida posteriormente a la introducción de las grabaciones por lucir contaminada de invalidez por el simple hecho de que al suprimir los audios no puede arribarse a los elementos de prueba que los sucedieron”. Es decir, el íntimo amigo de Milei pide la nulidad del peritaje y, sin temor a la vergüenza, también que se caiga toda la causa.
En el marco de la causa del Coimagate –que ya tiene 19 procesados-, Spagnuolo fue procesado por ser considerado jefe de la asociación ilícita que se hizo de miles de millones de pesos en la ANDIS. El exabogado del Presidente también fue acusado de recibir coimas. En los últimos días, Spagnuolo fue indagado por segunda vez en ese expediente luego de que Picardi detectara nuevas maniobras de corrupción desplegadas en la agencia. Fue en el marco de una segunda tanda de 29 indagatorias. A la hora de pedir una segunda tanda de indagatorias, el representante del Ministerio Público Fiscal precisó que los “nuevos” hechos investigados “implicaron la erogación de aproximadamente $75.478.149.019 de pesos provenientes del erario estatal, en favor de un reducido grupo empresarial”. La investigación sigue avanzando. Por lo que se esperan más novedades.
