La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el sobreseimiento del ex presidente Mauricio Macri -y varios agentes de la Agencia Federal de Inteligencia- en la única causa en la que llegó a ser indagado y en la que se investigaba si se espió a familiares de las víctimas del ARA San Juan, hundido a fines del 2017 durante su presidencia. La determinación fue tomada por la mayoría de la Sala II de dicha cámara, integrada integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Mariano Hernán Borinsky. Al ex mandatario se suman Gustavo Héctor Arribas y Silvina Cristina Majdalani, entre otros.
Los magistrados Yacobucci y Borinsky fueron quienes conformaron el voto de la mayoría. Rechazaron el planteo de nulidad y revocaron las resoluciones previas para "dejar sin efecto el embargo y demás medidas cautelares que les fijaron". Por otra parte señalaron que es la causa en la que se investiga el hundimiento la que debe avanzar hacia una respuesta concreta para los familiares de los tripulantes.
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El espionaje a los familiares de la tripulación del ARA San Juan es un desprendimiento de la megacausa que inició primero el juez Alejo Ramos Padilla y continuó luego su sucesor Martín Bava en los tribunales federales de Dolores. A fines de 2021, el juez Bava procesó a Macri por 6 hechos que, vale repetir, están probados. Sin embargo, Comodoro Py intervino a favor del ex presidente: absorbió el expediente y una vez allí tres jueces designados por Macri en la instancia revisora, dos de ellos a dedo, lo sobreseyeron. El argumento fue que las tareas de inteligencia estaban "justificadas" para proteger la seguridad presidencial y del interior.
“La querella mayoritaria celebra el fallo de Comodoro Py porque no fue en vano recurrir al relator de ONU, sabiendo cuál sería el resultado. Porque se ratifica que fueron seguidas fotografiadas y catalogada su información personal. Porque de tres miembros de casación, hubo un voto que escuchó y aplicó la ley (aunque no alcanzó) y porque deja expuesta la revictimización de mis representadas", expresó a El Destape la abogada Valeria Carreras sobre el voto de Ledesma. Y agregó: "También, a tenor de la prueba que se mencionó y de causas conexas, podremos seguir en otra jurisdicción. Que nadie tenga dudas, fue espionaje pero legitimado por la Justicia Argentina, que lo torna aún más grave. Seguiremos porque todos los Argentinos quedarán en riesgo con este precedente".
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Qué dice el fallo
"No se ha demostrado que el imputado (Macri) estuviese materialmente en una posición que implicase su intervención directa en los hechos investigados, aún mediante un comportamiento pasivo como el que en parte pareciera atribuirle el juzgado, a falta de marcadores de ilicitud activos", sostuvo el juez Yacobucci al votar en favor de confirmar el sobreseimiento del expresidente.
"Las acciones atribuidas a los encausados no sólo se enmarcaron dentro de los fines legítimos que persigue la Agencia, sino que también constituyeron medios adecuados para los objetivos de seguridad perseguidos. A su vez, resultaron ser los más moderados y menos intrusivos dentro de aquellos igualmente eficaces, respetando el contenido esencial de los derechos involucrados que a los familiares de las víctimas les asisten", continuó.
"De los datos volcados a los informes y la descripción de los hechos imputados no se advierte a su vez la explícita concreción de objetivos políticos prohibidos que contendrían. No se identifica adherencia política de ninguna de las personas individualizadas, así como tampoco manifestaciones a favor o en contra de quienes gobernaban, más allá de las peticiones específicas o reclamos críticos con fundamento en la difícil situación que estaban atravesando", agregó el magistrado.
Por su parte, el juez Borinsky coincidió en que los magistrados de la Cámara Federal porteña "razonablemente evaluaron que las actividades cuestionadas por las partes se evidenciaron como normativamente especificadas, y que hacían a la seguridad interior" y la seguridad presidencial y/o de seguridad, que "se encuentran enmarcados en la normativa regulatoria de la AFI".
En disidencia, la jueza Ledesma consideró "que la Cámara incurrió en una interpretación errónea y extensiva de las normas que rigen en materia de inteligencia al habilitar, por vía de un supuesto de seguridad presidencial, una ampliación indebida de las facultades previstas en la ley de inteligencia".
"Cabe destacar que frente a la hipótesis de que los imputados estaban produciendo inteligencia nacional para la Casa Militar, entonces debió haberse dado un supuesto en el cual los familiares de las víctimas del Ara San Juan hubieran intentado atentar contra el orden constitucional, extremo sobre el cual no existen elementos de prueba que sustenten dicha hipótesis", sostuvo.