Dirigentes sociales, políticos y sindicales presentaron una medida cautelar en los tribunales porteños para pedir que se suspenda la vigencia del veto del presidente Mauricio Macri a la Ley de Tarifas hasta que se resuelva la cuestión de fondo y "se declare su inconstitucionalidad".
La presentación fue realizada por la Organización No Gubernamental "Argentina en Red", cuyo referente es Pablo Sercovich, con la adhesión de Pablo Micheli, líder de la CTA Autónoma, y de José Rigane secretario general de la Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina.
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También expresaron su adhesión Rubén Ruiz, secretario General de la Asociación del Personal Jerárquico de la Industria del Gas Natural, y el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, entre otras personalidades.
La ley de emergencia tarifaria retrotraía el precio de las tarifas a noviembre de 2017 y exigía que los incrementos sólo podrían ser inferiores al índice de variación salarial. Además establecía que las empresas no podrían cortar el suministro de los servicios públicos.
Los abogados patrocinantes del amparo Jorge Cholvis y Eduardo Barcesat, recordaron lo que establece la Constitución Nacional luego de la reforma de 1994: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de consumidores y usuarios”.
Al justificar el pedido de inconstitucionalidad, el abogado expone que “la expresión “la legislación” refiere, exclusivamente, a la producción normativa que emana del Congreso de la Nación, teniendo como ámbito de validez, material y territorial de dicha incumbencia “los servicios públicos de competencia nacional. ¿Puede caber alguna duda respecto al sentido bi-unívoco de la expresión “legislación”? ¿Puede caber duda respecto del alcance y sentido de la expresión “servicios públicos”?”