Fallo de YPF: los puntos que le dan la razón a Kicillof y Cristina Kirchner

La decisión fue tomada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, que consideró correcta la exclusión de la compañía en el proceso de estatización llevado adelante en 2012.

27 de marzo, 2026 | 16.38

La Justicia de Estados Unidos resolvió a favor de la Argentina en la causa por la expropiación de la petrolera YPF, dejando sin efecto la condena que obligaba al país a pagar más de 16.000 millones de dólares. De esta forma, el fallo validó los argumentos de la postura nacional que sostuvieron los equipos jurídicos.

La decisión fue tomada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, que además consideró correcta la exclusión de la compañía en el proceso de estatización llevado adelante en 2012, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. En abril de ese año, el entonces ministro de Economía, Axel Kicillof, había afirmado: "El Estatuto de una empresa no puede estar por encima de la Ley Pública”. Este viernes, la Corte de Apelaciones repitió ese mismo fundamento.

Causa YPF: los detalles del fallo que le dan la razón a Kicillof y a Cristina

El litigio, iniciado en 2015, había tenido un fallo adverso para la Argentina en primera instancia en 2023, cuando la jueza Loretta Preska determinó que el país debía afrontar una indemnización millonaria por considerar que se había incumplido el estatuto de la empresa durante el proceso encabezado por el entonces ministro de Economía, Axel Kicillof.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revirtió ese criterio a partir de dos aspectos clave. Por un lado, estableció que el estatuto de YPF debe interpretarse como un contrato bilateral y no plurilateral, una diferencia técnica que modifica las obligaciones legales entre las partes.

Por otro, el tribunal puso el foco en la jerarquía normativa, al determinar que la Ley de Expropiación tiene prioridad sobre el estatuto de la empresa. Esta interpretación fue determinante para rechazar los reclamos de los fondos demandantes, al ubicar la actuación del Estado dentro del marco de su legislación soberana, por encima de normas corporativas.

A diferencia del fallo inicial, que se basó en una lectura específica del estatuto de la compañía, el tribunal superior aplicó un enfoque jurídico distinto que terminó favoreciendo la posición argentina. En ese sentido, los jueces concluyeron que Preska había realizado una interpretación incorrecta del derecho argentino, lo que resultó clave para desarmar la sentencia previa.

Al advertir errores en la aplicación de la legislación local por parte de un tribunal extranjero, la Cámara sentó además un antecedente relevante en materia de revisión técnica de este tipo de casos.