El pago del aguinaldo vuelve a ocupar un lugar central entre las consultas de trabajadores de cara a junio. Una de las dudas más frecuentes es qué sucede con quienes no completaron los seis meses del semestre, ya sea porque comenzaron a trabajar recientemente o porque finalizaron su relación laboral antes del cierre del período.
La legislación laboral argentina establece que no es necesario haber trabajado todo el semestre para acceder al Sueldo Anual Complementario (SAC). En esos casos, el beneficio se liquida de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
¿Me corresponde cobrar aguinaldo si trabajé menos de seis meses?
Sí. Todos los trabajadores registrados en relación de dependencia tienen derecho a percibir el aguinaldo, incluso si no completaron el semestre entero. La diferencia es que quienes trabajaron entre enero y junio de forma parcial no cobrarán el monto completo, sino una proporción calculada según la cantidad de meses o días efectivamente trabajados durante el período. La misma regla se aplica en casos de ingreso reciente, renuncia, despido o finalización de contrato antes del cierre del semestre.
Cómo se calcula el aguinaldo proporcional
La Ley 23.041 establece que el aguinaldo equivale al 50% de la mejor remuneración mensual percibida durante el semestre. Sin embargo, cuando no se trabajó el período completo, se aplica un cálculo proporcional.
La fórmula es la siguiente (Mejor sueldo bruto del semestre ÷ 2) ÷ días del semestre × días trabajados
De esta manera, el trabajador percibe únicamente la parte correspondiente al tiempo en que prestó servicios dentro del período enero-junio. Por ejemplo, si una persona ingresó a trabajar en abril, cobrará un aguinaldo proporcional a los meses efectivamente trabajados hasta junio.
Qué conceptos se incluyen para calcular el aguinaldo
Para determinar el monto del SAC se toma la mayor remuneración mensual bruta percibida durante el semestre. Además del sueldo básico, deben incluirse todos los conceptos remunerativos, tales como:
- Horas extras.
- Comisiones.
- Adicionales convencionales.
- Bonificaciones remunerativas.
- Otros conceptos sujetos a aportes y contribuciones.
Quedan excluidos los importes no remunerativos, reintegros de gastos y conceptos que la normativa laboral no considera salario.
Quiénes cobran el aguinaldo de junio 2026
La primera cuota del SAC corresponde a:
- Trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
- Empleados de la administración pública.
- Trabajadores de empresas estatales.
- Jubilados y pensionados del sistema previsional.
En el caso de los jubilados y pensionados, el aguinaldo se acredita automáticamente junto con el haber mensual de junio.
Quiénes no cobran aguinaldo
La normativa excluye del beneficio a:
- Monotributistas.
- Trabajadores autónomos.
- Personas que desarrollan actividades informales sin relación laboral registrada.
- Beneficiarios que perciben únicamente planes sociales.
La razón es que el aguinaldo constituye un derecho derivado de una relación laboral formal o de una prestación previsional, por lo que no alcanza a quienes no se encuentran comprendidos dentro de esos regímenes.
Cuándo se paga el aguinaldo de junio 2026
La Ley 27.073 establece que la primera cuota del aguinaldo debe abonarse hasta el 30 de junio de 2026. No obstante, la legislación contempla un margen adicional de hasta cuatro días hábiles para efectuar el depósito, por lo que el plazo efectivo puede extenderse hasta los primeros días de julio.
