Hijos mayores de edad en casa: qué dice el Código Civil argentino

La normativa prevé que, en determinadas circunstancias, los progenitores deben seguir brindando alimentos y asistencia económica. 

17 de junio, 2026 | 18.53

En Argentina, alcanzar la mayoría de edad a los 18 años no implica que desaparezcan todas las responsabilidades dentro del hogar familiar. Aunque el Código Civil y Comercial no establece una lista específica de tareas domésticas obligatorias, sí fija ciertos deberes de los hijos hacia sus padres y regula algunos aspectos vinculados a la convivencia y el sostenimiento económico.

La normativa también prevé que, en determinadas circunstancias, los padres deban seguir brindando alimentos y asistencia económica, especialmente hasta los 21 años e incluso hasta los 25 si continúan estudiando y no pueden mantenerse por sus propios medios.

¿Cuáles son los deberes de los hijos mayores de edad con sus padres, según el Código Civil?

El artículo 671 del Código Civil y Comercial establece que los hijos deben respetar a sus progenitores, cumplir con las decisiones que estos adopten siempre que no sean contrarias a su interés y prestar una colaboración acorde con su edad y desarrollo. Además, tienen el deber de cuidar a sus padres u otros ascendientes cuando su ayuda sea necesaria.

En la práctica, estos principios pueden traducirse en colaborar con las tareas del hogar, contribuir al cuidado de familiares que requieran asistencia y respetar las normas de convivencia fijadas dentro de la casa.

Sin embargo, la legislación no obliga expresamente a un hijo mayor de edad a pagar un alquiler a sus padres ni a realizar determinadas tareas domésticas. Estas cuestiones suelen depender de los acuerdos familiares y de las condiciones particulares de cada hogar.

El Código Civil y Comercial dispone que la obligación alimentaria de los progenitores se extiende hasta los 21 años, salvo que se demuestre que el hijo cuenta con recursos suficientes para mantenerse por sí mismo. Asimismo, esa asistencia puede prolongarse hasta los 25 años cuando la continuidad de estudios o la formación profesional le impidan alcanzar la independencia económica.

Por otra parte, la ley contempla que el hijo mayor de edad que convive con uno de sus padres pueda recibir directamente parte de la cuota alimentaria destinada a cubrir gastos cotidianos, como vestimenta, esparcimiento, educación y otros desembolsos de la vida diaria.