La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) actualizó las regulaciones de la industria cosmética y prohibió el uso de dos sustancias químicas que están en productos de higiene personal, cosméticos y perfumes. Fueron consideradas potencialmente cancerígenas y tóxicas por distintos organismos internacionales.
La decisión fue oficializada en la Disposición N° 2820/2026 que fue publicada en el Boletín Oficial modificando el listado regional de las sustancias prohibidas y buscando unificar los criterios sanitarios del bloque. Según ANMAT, los fabricantes, importadores y comercializadores tendrán un plazo de 60 días para adaptar sus productos a las nuevas exigencias.
Por qué generan preocupación las nuevas sustancias prohibidas
La nueva regulación prohíbe las sustancias con óxido de difenil (2,4,6-trimetilbenzoil) fosfina, que en cosmética se lo denomima como “trimethylbenzoyl diphenylphosphine oxide", y a la N,N-dimetil-p-toluidina.
La decisión fue tomadad después de que el Comité de Evaluación del Riesgo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas clasificara a los dos componentes como sustancias "CMR", siglas para las categorías cancerígenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción.
El primero de los compuestos funcionaba como fotoiniciador, una molécula capaz de absorber luz ultravioleta o visible para endurecer materiales líquidos. En la industria cosmética era utilizado en esmaltes semipermanentes y en geles para uñas.
La N,N-dimetil-p-toluidina es una amina aromática utilizada para acelerar el secado de distintos materiales, incluidos los acrilatos, las resinas epoxi, los cementos dentales y los esmaltes en gel. Desde ANMAT explicaron que esta actualización de las listas de sustancias permitidas y prohibidas es necesaria para garantizar la seguridad en la fabricación y en la comercialización de los productos cosméticos y de higiene personal.
Límites para algunos ingredientes capilares
La semana pasada ANMAT introdujo otros cambios sobre los ingredientes utilizados en productos capilares. A través de la Resolución N° 2577/2026, se modificaron las condiciones de uso del Piritionato de Zinc (Zinc Pyrithione), un anticaspa ampliamente utilizado en shampoos. A partir de ahora, su concentración máxima permitida será del 1% y únicamente en productos que requieran enjuague.
La normativa además incorporó formalmente el Climbazole al listado de ingredientes autorizados, permitiendo su utilización hasta en un máximo del 2%, también exclusivamente en shampoos de enjuague.
Según señalaron, estas medidas buscan armonizar la regulación argentina con las disposiciones regionales y reforzar la protección de los consumidores frente al uso de sustancias potencialmente riesgosas.
La disposición de ANMAT también detalló que en la elaboración de la norma intervinieron áreas técnicas y jurídicas, además del Programa de Relaciones Internacionales y las cámaras que representan al sector cosmético.
