El Senado aprobó la emergencia que evita desalojos de tierras indígenas

La medida tuvo media sanción y ahora pasa a Diputados. Tuvo 43 votos afirmativos, dos negativos y siete abstenciones de senadores de la oposición.

28 de octubre, 2021 | 20.38
El Senado aprobó la emergencia que evita desalojos de tierras indígenas El Senado aprobó la emergencia que evita desalojos de tierras indígenas

El Senado de la Nación aprobó el proyecto de ley que prorroga por cuatro años la Emergencia Territorial Indígena y evita los desalojos que vencía el mes próximo. Fue votada por 43 votos afirmativos, dos negativos y siete abstenciones de senadores de la oposición. Ahora el proyecto giró a la Cámara de Diputados.

La iniciativa fue tratada durante una sesión en la que el oficialismo reclamó a la oposición "no mezclar" el accionar de grupos vandálicos en el sur del país con las necesidades de las comunidades aborígenes.


La votación en el Senado

Una vez que se dio a conocer el resultado de la votación, la presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda, manifestó su total adhesión y acompañamiento a la media sanción. Además,  destacó "el trabajo y el compromiso" con el que la Senadora Nacional Nora Giménez (Frente de Todos), que "llevó adelante la enorme tarea de elaborar, difundir, promover y finalmente presentar este proyecto de ley tan importante".

"Esta ley debe ser interpretada como una verdadera herramienta de paz social, que declara la emergencia territorial de las comunidades indígenas, y suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que ocupen las mismas", explicó Odarda. Además, indicó que la normativa también ordena "realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de las Comunidades Indígenas, y en caso de corresponder, de tierras ocupadas por las mismas de forma actual, tradicional y pública”.

Qué dice la ley de emergencia territorial indígena

La ley de emergencia territorial indígena declara la emergencia territorial de las comunidades indígenas originarias del país y suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que ocupen las mismas.

Además, ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de las Comunidades Indígenas y en caso de corresponder, de tierras ocupadas por las mismas de forma actual, tradicional y pública.

Fue sancionada a fines del año 2006 por un plazo de vigencia de 4 años, a efectos de dar respuesta a la situación de emergencia territorial de las Comunidades Indígenas del país, en consonancia con el Artículo 75, Inciso 17, de la Constitución Nacional y dando cumplimiento parcial al Artículo 14 inc. 2 del Convenio 169 de la OIT.

La misma fue prorrogada en tres oportunidades: en el año 2009 mediante la Ley 26.554; en el 2013 a través de la Ley 26.894, y en el 2017 mediante la Ley 27.400, por la cual se extiende su vigencia hasta noviembre de 2021. Es una ley de emergencia, y de orden público.