Fallo inédito: tuvo un infarto en la fábrica, no lo asistieron y la ART deberá pagarle más de $300 millones

El trabajador quedó con secuelas neurológicas graves y parcialmente paralizado. Qué dijo la sentencia condenatoria.

07 de julio, 2026 | 10.52

En un fallo inédito, la Justicia condenó a una ART a pagarle más de 300 millones de pesos a un trabajador que quedó parcialmente paralizado luego de no haber sido atendido con la suficiente rapidez tras sufrir un colapso durante su jornada laboral.

El caso tiene como protagonista a César Fernández, empleado de Albano Cozzuol S.A., una reconocida fábrica ubicada en la localidad de Ringuelet, quien comenzó a sentir fuertes dolores en el pecho, mareos y un gran malestar físico mientras cumplía su jornada laboral.

Según quedó acreditado en el expediente judicial, Fernández intentó recibir atención en la enfermería de la planta, pero el servicio se encontraba cerrado y fue trasladado en un remís hacia el Sanatorio Argentino. Durante el trayecto, sufrió una descompensación y un paro cardíaco.

Con el correr de las horas, el cuadro derivó en un importante daño neurológico y Fernández padeció una cuadriparesia que redujo significativamente su movilidad y modificó por completo su vida cotidiana y la de toda su familia.

Qué dice el fallo

La Justicia condenó a la ART Federación Patronal Seguros a pagar más de $351 millones al trabajador. La querella logró demostrar que las deficiencias en la asistencia médica recibida durante la emergencia agravaron las consecuencias del cuadro y resultaron determinantes para el daño sufrido. La sentencia reconoció además una prestación mensual por gran invalidez para la víctima, quien padece una cuadriparesia derivada del episodio ocurrido el 24 de noviembre de 2021. 

“Este fallo reconoce que no solo importa qué causó el problema de salud, sino también qué pasó después. Cuando una emergencia ocurre en el trabajo, las consecuencias de una atención tardía o insuficiente también deben ser reparadas”, sostuvo Matías Martínez, abogado del trabajador afectado.

Según se precisó, la falta de respuesta rápida fue determinante y el trabajador quedó con una grave afectación neurológica, cuadriparesia, severas limitaciones motoras y la necesidad de asistencia permanente.

Los tribunales concluyeron que existieron incumplimientos que incidieron directamente en las consecuencias sufridas por el trabajador y reconocieron el hecho como un accidente laboral por ocasión.

La sentencia condenó a Federación Patronal Seguros a abonar una indemnización de $285.980.239,88 más intereses, llevando el monto total liquidado a $351.246.415,17. Además, ordenó el pago de una prestación mensual por gran invalidez debido a las graves secuelas que padece Fernández, quien requiere asistencia permanente.

El fallo reviste especial importancia porque se aparta de una tendencia históricamente restrictiva respecto de los eventos cardiovasculares. Mientras que los infartos suelen tener dificultades para ser reconocidos como contingencias laborales por estar asociados a factores de riesgo personales o enfermedades preexistentes, en este caso el Tribunal analizó cómo las condiciones en que ocurrió agravaron sus consecuencias.