El Gobierno nacional habilitó a la toma de más deuda externa al autorizar nuevas operaciones de financiamiento en dólares por hasta US$5.000 millones, que podrán ser tomadas con bancos y entidades financieras internacionales, y contar con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
La medida fue oficializada a través del Decreto 478/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo. y apunta a reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional.
La norma faculta a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de Finanzas, ambas dependientes del Ministerio de Economía, a llevar adelante las operaciones de crédito público y a definir las condiciones financieras de los préstamos.
Según el texto oficial, el objetivo es realizar operaciones de financiamiento denominadas en dólares estadounidenses “con entidades financieras internacionales de reconocida trayectoria”, instrumentadas mediante préstamos que estarán respaldados por garantías parciales de organismos multilaterales. Esas garantías suelen funcionar como un respaldo para mejorar las condiciones de acceso al crédito, reducir tasas o facilitar la participación de bancos privados.
Milei autoriza deuda con jurisdicción en Estados Unidos
Uno de los puntos centrales del decreto es que autoriza la inclusión de cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales ubicados en Nueva York (Estados Unidos). Esto implica que eventuales controversias vinculadas con los acuerdos de préstamo podrán tramitarse ante esa jurisdicción, una práctica habitual en operaciones internacionales de financiamiento.
De este modo, el Gobierno busca reemplazar la imposibilidad de salir a buscar financiamiento en los mercados internacionales con bonistas privados, ya que, aunque el riesgo país perforó los 500 puntos en el último mes, todavía la tasa potencial de emisión sigue siendo relativamente alta.
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La medida también autoriza la renuncia a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción, aunque aclara que esa renuncia será exclusivamente respecto de los reclamos que pudieran producirse en la jurisdicción pactada y en relación con los acuerdos que se firmen por estos préstamos.
Sin embargo, el decreto establece límites expresos: la prórroga de jurisdicción no implicará una renuncia a la inmunidad de ejecución de la Argentina. En ese marco, quedan protegidos de eventuales embargos los bienes, reservas o cuentas del Banco Central; los bienes de dominio público; los bienes afectados a servicios públicos esenciales; los bienes diplomáticos, consulares, militares o culturales; los impuestos y regalías adeudados al Estado; y todos aquellos bienes declarados inembargables o intransferibles por ley, salvo autorización del Congreso.
Además, Economía queda facultado para determinar plazos, monedas, métodos y procedimientos de financiamiento; designar bancos o grupos sindicados de entidades; contratar agentes fiscales, de registro, cálculo, custodia, información o pagos; y acordar el pago de comisiones, honorarios y otros gastos necesarios para concretar las operaciones, siempre bajo condiciones de mercado y con la documentación correspondiente.
