Aceptar una herencia es un proceso complejo que está íntimamente vinculado con la Ley de Sucesiones en Argentina. Requiere de diversos trámites y de un plazo estipulado que exige a aquellas personas hacerse cargo del patrimonio o no de su familiar fallecido y esto incluye cualquier tipo de deuda que también tuviera el individuo. La normativa vigente, regulada por el Código Civil y Comercial, sostiene que una persona puede aceptar una herencia hasta una década después de la muerte del familiar en cuestión.
Ahora bien, ¿Qué pasa una vez que ese período de tiempo se cumple? Si la persona no manifiesta su voluntad, la Ley de Sucesiones de la Argentina confirma que el ciudadano renunció automáticamente a la herencia.
Esto es porque existe una cláusula en la ley que sostiene que no es obligatorio aceptar una herencia, puesto que el heredero puede analizar los "pros y los contras". Es que si una persona accede a la herencia de su familiar, no hay posibilidad alguna de renunciar posteriormente. Además, se compromete no solo a tener en su poder las ganancias patrimoniales de su allegado sino también pasar a ser suyas, las deudas y diversos compromisos económicos que hayan quedado pendientes por parte del fallecido.
En este sentido, no es posible aceptar solo una parte de la herencia: como heredero de una persona admite todos los derechos y obligaciones que estén disponibles.
Cómo aceptar y cómo renunciar a una herencia
En Argentina, una persona puede aceptar una herencia de dos maneras posibles: una se llama "aceptación expresa" que sucede cuando el individuo firma un documento en el que acepta la herencia; y la segunda es "aceptación tácita" que ocurre cuando el heredero ejecuta acciones que permiten constatar que ha aceptado el patrimonio heredado.
Por otro lado, si la persona quiere renunciar a una herencia puede hacerlo. Para ello debe presentar un escrito público o un acta judicial durante la sucesión. Aunque vale aclarar, de nuevo, que si un heredero acepta la herencia de su familia ya no puede retractarse. En cambio, si renuncia apenas fallece su allegado y, dentro del plazo de 10 años, se arrepiente y quiere acceder a la herencia, entonces sí puede hacerlo.
¿Cuándo el heredero puede ser intimado en un proceso de sucesión?
El heredero puede tomarse 10 años para decidir si quiere o no la herencia de su familiar, pero si existe otro interesado en definir la sucesión puede pedir a una juez que se proceda a la intimación del heredero en cuestión para que dé a conocer una resolución. Si no responde, entonces, se considera que acepta la herencia.
