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ANSES paga $325.368 por desempleo en octubre: quiénes pueden cobrar

Continúa con el pago del seguro de desempleo en octubre, con montos variables, cobertura médica y asignaciones familiares para beneficiarios.

22 de octubre, 2026 | 04.05
Edificio de ANSES.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa durante octubre con el pago de la Prestación por Desempleo, una asistencia económica destinada a trabajadores que perdieron su empleo en determinadas condiciones. El beneficio registra un haber mensual promedio de $325.368 netos y también contempla la cobertura de salud, las asignaciones familiares y el reconocimiento de aportes para la jubilación, distribuyéndose según la terminación del DNI en la última semana del mes.

El monto que recibe cada beneficiario depende del salario que cobraba antes de quedar desocupado y de la etapa en la que se encuentre dentro del período de liquidación. Por eso, no todas las personas perciben la misma suma. Conocer los requisitos, la escala de pagos y el cronograma según la terminación del DNI permite entender cómo funciona esta prestación.

¿Quiénes pueden cobrar la Prestación por Desempleo de ANSES?

El seguro de desempleo está contemplado en la Ley N° 24.013 y alcanza a trabajadores en relación de dependencia del sector privado que hayan sido despedidos sin justa causa. La normativa incluye a distintos grupos laborales, con condiciones específicas según el régimen que regula cada actividad.

Entre los posibles beneficiarios se encuentran los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, como quienes se desempeñan en industrias, comercios y empresas de servicios. También están contemplados los trabajadores de la construcción, regulados por la Ley N° 22.250 y vinculados al Fondo de Cese Laboral.

El tercer grupo corresponde al personal de casas particulares, que trabaja bajo el régimen especial del servicio doméstico. De esta manera, la prestación abarca distintas actividades del sector privado, siempre dentro de las condiciones establecidas para acceder al beneficio.

¿Cuánto se cobra por el seguro de desempleo en octubre?

El importe mensual se calcula a partir de un porcentaje del mejor sueldo neto que el trabajador percibió durante los últimos seis meses de actividad. Además, existen límites mínimos y máximos establecidos por el Consejo del Salario, por lo que el resultado no depende únicamente de la remuneración anterior.

La prestación tiene una escala decreciente: durante los primeros cuatro meses se paga el 100% del monto calculado sobre el salario histórico. Entre el quinto y el octavo mes, el porcentaje baja al 80%, mientras que del noveno al duodécimo mes se reduce al 70%.

El monto depende del salario anterior y del período de cobro.

Según los datos informados para septiembre, los 127.613 beneficiarios activos cobraron un promedio de $325.368 netos. Esta cifra representa un valor de referencia para dimensionar el alcance económico de la asistencia, pero no significa que todos los titulares reciban exactamente esa cantidad.

¿Qué otros beneficios incluye la prestación?

Además del ingreso mensual, el seguro de desempleo contempla otras prestaciones importantes para quienes atraviesan una situación de desocupación. Una de ellas es la continuidad de la cobertura de la obra social, un aspecto relevante para sostener el acceso a la atención médica durante el período sin trabajo.

El beneficio también incluye el cobro de asignaciones familiares por hijo, de acuerdo con las condiciones correspondientes. A esto se suma el cómputo del período durante el cual se percibe la prestación a favor de la jubilación, una cuestión importante para la trayectoria previsional del trabajador.

¿Cuándo se cobra el seguro de desempleo según el DNI?

ANSES organiza los pagos durante la última semana de cada mes y distribuye las fechas de acuerdo con la terminación del Documento Nacional de Identidad. El cronograma habitual se divide en cinco jornadas hábiles.

  • DNI terminados en 0 y 1: primer día hábil del cronograma.
  • DNI terminados en 2 y 3: segundo día hábil.
  • DNI terminados en 4 y 5: tercer día hábil.
  • DNI terminados en 6 y 7: cuarto día hábil.
  • DNI terminados en 8 y 9: quinto día hábil.

Para identificar cuándo corresponde cobrar, es importante tener en cuenta el último número del DNI y consultar el cronograma aplicable al período. 

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