ANMAT prohibió la venta de artículos de una reconocida marca de limpieza

El organismo advirtió que la compañía no posee el registro sanitario obligatorio. Cuáles productos están alcanzados.

22 de mayo, 2026 | 08.50

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes el uso, comercialización y publicidad de todos los productos sanitarios de la marca Maxus por carecer de registro sanitario obligatorio. La medida quedó oficializada mediante la Disposición 3064/2026 publicada en el Boletín Oficial.

La decisión alcanza a una amplia gama de artículos de limpieza y mantenimiento que eran promocionados y vendidos a través de la página web de la empresa, redes sociales y plataformas digitales de comercio electrónico. Entre los productos alcanzados figuran desinfectantes, limpiapisos, lavandina en polvo, detergentes, desengrasantes, suavizantes para ropa, lustra muebles, aromatizantes y productos para piletas como cloro granulado, pastillas de cloro y alguicidas.

Según detalló el organismo, la investigación comenzó a partir de tareas de fiscalización realizadas por el Servicio de Domisanitarios de ANMAT, que detectó que ninguno de los productos de la marca Maxus se encontraba inscripto ante el organismo nacional.

La disposición también señala que la empresa responsable fue notificada formalmente sobre las irregularidades detectadas. De acuerdo con el expediente citado por ANMAT, la firma respondió en febrero de este año que suspendía la fabricación, distribución y comercialización de los productos hasta regularizar la situación normativa. La comunicación fue presentada por Johana Vanina Otero, identificada como responsable vinculada a la marca. Además, la autoridad sanitaria bonaerense confirmó que tampoco existían registros provinciales de los productos cuestionados.

Los productos de Maxus prohibidos por ANMAT

En ese contexto, la ANMAT resolvió prohibir en todo el país y en plataformas de venta online “todos los lotes de todos los productos” de la marca Maxus hasta tanto obtengan las habilitaciones correspondientes. El organismo argumentó que la medida busca proteger a consumidores y usuarios debido a que “se desconocen las condiciones de manufactura” de los productos comercializados.

La resolución también ordena iniciar un sumario sanitario contra la firma ubicada en la localidad bonaerense de Caseros y contra Johana Vanina Otero por presuntos incumplimientos a la normativa sanitaria vigente.

Entre las normas incumplidas, ANMAT mencionó las resoluciones 708 y 709 de 1998 del entonces Ministerio de Salud y Acción Social y las disposiciones 7292 y 7293 de ANMAT, que regulan la inscripción y habilitación de establecimientos y productos sanitarios.

Asimismo, el organismo informó que remitió los enlaces de promoción y venta de los productos al área encargada del monitoreo de publicidad de productos sujetos a vigilancia sanitaria y comunicó la medida a las autoridades sanitarias provinciales y a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor para su intervención.