Histórico: Formosa logró el primer fallo que ordena restituir pensiones por discapacidad suspendidas

El Juzgado Federal N°2 cuestionó el procedimiento de Nación, ordenó respetar la normativa vigente y reconoció el derecho de las personas con discapacidad a cobrar sus pensiones.

11 de diciembre, 2025 | 14.17

Formosa se convirtió en la primera provincia del país en lograr que se restituyan los pagos retroactivos de las pensiones por discapacidad suspendidas por el Gobierno nacional y en obtener una sentencia de fondo que ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) adecuar sus auditorías a la normativa vigente en materia de derechos de las personas con discapacidad. En dialogo con El Destape, el defensor del Pueblo de Formosa, Leonardo Gialluca, se refirió al fallo del Juzgado Federal Nro 2. 

El Juzgado Federal N° 2 dictó la sentencia de fondo en el caso de las pensiones por discapacidad suspendidas en la provincia de Formosa”, se refirió el Defensor del Pueblo. En ese sentido, detalló que la Justicia consideró que las auditorías realizadas en la provincia fueron “totalmente irregulares e ilegales”, ya que se suspendieron beneficios sin notificaciones adecuadas y se invirtió la carga de la prueba. Y detalló: “El estado tenía que concientizar e informar, dar los plazos detallados, es decir adecuar todo conforme a los Tratados Internaciones a los cuales adhiere nuestro país a través de la Constitución Nacional”.

Con respecto a las cartas de documento, Gialluca condenó la medida: “Las auditorías fueron irregulares y arbitrarias, sin notificaciones fehacientes, con plazos exiguos, solamente de diez días, a lugares de más de 200 kilómetros de distancia, estamos hablando de personas con discapacidad, muchos en extrema vulnerabilidad que le pedían que se trasladen para ser notificados y al no poder movilizarse perdían la pensión”.

La sentencia

El defensor del Pueblo remarcó que la sentencia ya fue notificada a la ANDIS y se encuentra firme, salvo que el Gobierno nacional decida apelar. “Más allá de eso, Formosa vuelve a ser la primera provincia que tiene una sentencia de fondo donde se le dice al Gobierno nacional que cuando se hagan auditorías se tienen que hacer cumpliendo con la ley”, subrayó.

En este sentido, el funcionario describió la importancia del fallo porque sienta un precedente ya que es un fallo que va en línea con la Ley de Emergencia de Discapacidad “que también incumple el gobierno nacional”.

El Defensor del Pueblo relató que el trabajo se articuló desde el momento que llegaron las denuncias junto a la Fundación Camino Azul y con el acompañamiento del Instituto de Pensiones Sociales de Formosa.

El fallo fija como plazo máximo el 27 de febrero de 2026 para que el Gobierno nacional regularice la situación de los beneficiarios. En ese marco, el defensor instó a las personas alcanzadas a acercarse a los organismos pertinentes: “Pedimos que se acerquen a ANSES, a su municipio, áreas sociales, Comisiones de Fomento, la Dirección de Discapacidad del Ministerio de la Comunidad y la Defensoría del Pueblo, porque no queremos encontrarnos con sorpresas de que se les da de baja el beneficio por no haber presentado algún documento”.

Procedimientos irregulares

El Defensor del Pueblo criticó duramente los mecanismos de notificación que llevaron adelante desde el gobierno nacional. “Cuando se toman las decisiones desde un escritorio en Buenos Aires y se desconoce la complejidad de los territorios provinciales se llevan acciones como las que hicieron”.

De esta manera, el funcionario explicó que las notificaciones llegaron a situaciones insólitas, como la citación de menores de edad. Además, describió que en muchas localidades se contrataron servicios de terceros, por ejemplo, pagando a radios o medios locales, o que muchas veces militantes se ubicaban en la plaza de algún pueblo y allí vociferaban los nombres de los notificados o utilizaban locales partidarios. Muchas personas, por temor o por desconocer sus derechos, se acercaban sin saber que, a partir de la recepción, comenzaban a correr los plazos; y como consecuencia, perdieron la pensión.

Y aclaró: “El Estado puede auditar, pero no de manera caprichosa o con militantes partidarios; estamos hablando de grupos vulnerables y no se puede avasallar sus derechos”.

Para finalizar, Gialluca aclaró que las auditorías son válidas por parte de los organismos del Estado, pero que las mismas “no deben llevar a un perjuicio de las personas ni deben ser caprichosas; deben hacerse conforme a la ley”.