La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la actualización semestral del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), que comenzó a regir desde agosto de 2026.
La actualización elevó un 16,8% los topes de facturación anual y también modificó el valor de las cuotas mensuales que deben abonar los monotributistas. Además, el organismo habilitó un nuevo período de recategorización, que podrá realizarse hasta el 5 de agosto a través del servicio Monotributo con Clave Fiscal.
El porcentaje de actualización surge de la inflación acumulada durante el primer semestre de 2026, medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Cómo quedaron las escalas del monotributo desde agosto de 2026
Con la actualización, los nuevos límites de facturación anual para cada categoría son los siguientes:
- Categoría A: hasta $12.009.410.
- Categoría B: hasta $17.595.182.
- Categoría C: hasta $24.670.494.
- Categoría D: hasta $30.628.651.
- Categoría E: hasta $36.028.231.
- Categoría F: hasta $45.151.659.
- Categoría G: hasta $53.995.798.
- Categoría H: hasta $81.924.660.
- Categoría I: hasta $91.699.761.
- Categoría J: hasta $105.012.519.
- Categoría K: hasta $126.610.830.
Estos topes estarán vigentes durante el segundo semestre de 2026 y se utilizarán para determinar la categoría correspondiente hasta la próxima actualización prevista para enero de 2027.
Cuánto se puede facturar por mes
Si bien ARCA toma como referencia la facturación acumulada de los últimos 12 meses, el promedio mensual permite estimar el límite de cada categoría:
- Categoría A: hasta $1.000.784.
- Categoría B: hasta $1.466.265.
- Categoría C: hasta $2.055.874.
- Categoría D: hasta $2.552.387.
- Categoría E: hasta $3.002.352.
- Categoría F: hasta $3.762.638.
- Categoría G: hasta $4.499.649.
- Categoría H: hasta $6.827.055.
- Categoría I: hasta $7.641.646.
- Categoría J: hasta $8.751.043.
- Categoría K: hasta $10.550.902.
De todos modos, el organismo aclara que para definir la categoría siempre se consideran los ingresos acumulados de los últimos doce meses corridos.
Cuánto hay que pagar de monotributo en agosto de 2026
Las cuotas también fueron actualizadas y comprenden el impuesto integrado, el aporte jubilatorio (SIPA) y la obra social.
Prestación de servicios
- Categoría A: $49.527,18
- Categoría B: $56.379
- Categoría C: $66.020
- Categoría D: $84.614
- Categoría E: $119.811
- Categoría F: $150.784
- Categoría G: $230.612
- Categoría H: $522.706
- Categoría I: $963.747
- Categoría J: $1.167.299
- Categoría K: $1.614.446,02
Venta de bienes muebles
- Categoría A: $49.527,18
- Categoría B: $56.379
- Categoría C: $64.539
- Categoría D: $82.564
- Categoría E: $108.267
- Categoría F: $129.930
- Categoría G: $158.815
- Categoría H: $317.895
- Categoría I: $474.994
- Categoría J: $580.793
- Categoría K: $702.103
La diferencia entre ambos cuadros responde al cálculo del impuesto integrado, que varía según el tipo de actividad desarrollada.
ARCA: quiénes deben recategorizarse
La recategorización no alcanza a todos los monotributistas. Deben realizar el trámite únicamente quienes, durante los últimos doce meses, modificaron alguno de los parámetros del régimen y les corresponde pasar a otra categoría. En cambio, no deben hacer ninguna gestión quienes permanecen dentro de la misma categoría o iniciaron su actividad hace menos de seis meses.
Para determinar la categoría, ARCA analiza:
- Los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses.
- Los alquileres devengados.
- La superficie afectada a la actividad.
- El consumo anual de energía eléctrica, cuando corresponda.
Qué pasa si no se realiza la recategorización
ARCA cruza información proveniente de la facturación electrónica, movimientos bancarios, consumos y otros registros para verificar que cada contribuyente se encuentre correctamente categorizado.
Si detecta inconsistencias, puede:
- Recategorizar de oficio al contribuyente.
- Reclamar diferencias de impuestos.
- Aplicar intereses por los importes adeudados.
- Excluir al contribuyente del régimen simplificado cuando se superen los parámetros permitidos o existan incumplimientos.
Cómo hacer la recategorización
El trámite se realiza de manera online desde el sitio de ARCA.
Los pasos son:
- Ingresar con CUIT y Clave Fiscal.
- Seleccionar el servicio Monotributo.
- Acceder a la opción Recategorización.
- Verificar los datos de la actividad.
- Confirmar o modificar la información.
- Validar la nueva categoría.
- Descargar la credencial de pago actualizada.
En algunos casos, ARCA ofrece una recategorización simplificada con información precargada, lo que permite completar el trámite en pocos minutos.
