Los jubilados afiliados al Programa de Atención Médica Integral (PAMI) pueden acceder a un servicio de traslados programados para concurrir a consultas médicas, tratamientos, estudios por imágenes y otras prestaciones. La opción está destinada especialmente a quienes tienen alguna condición física que les impide movilizarse por sus propios medios.
El traslado puede solicitarlo la persona afiliada, un familiar o su apoderado, aunque es necesario realizar la gestión con al menos 48 horas hábiles de anticipación al turno médico. Para determinados casos, el procedimiento cambia según el lugar donde viva el jubilado y las características del viaje.
Cómo solicitar el traslado programado de PAMI
Para iniciar el trámite, el afiliado debe contar con una serie de documentos que permitan acreditar tanto su identidad como la necesidad del traslado. Entre ellos se encuentran el DNI, la credencial de afiliación y la orden de traslado emitida por el médico tratante.
También hay que presentar el turno asignado y el formulario de solicitud de traslado programado confeccionado por el profesional médico. Allí debe quedar especificada la condición en la que se realizará el viaje y los requerimientos técnicos que necesita el paciente durante el recorrido.
En los traslados que superen los 30 kilómetros, además, se requiere una orden de prestación. Esta exigencia no se aplica a los viajes realizados dentro de CABA y el Gran Buenos Aires, según la información difundida sobre el servicio.
Qué cambia si necesitás médico u oxígeno
Los afiliados que requieran un traslado con médico o con provisión de oxígeno tienen un procedimiento específico cuando se encuentran en CABA o el Gran Buenos Aires. En estos casos, la solicitud debe realizarse en la Agencia o UGL correspondiente.
Para gestionar este tipo de traslado se debe presentar el DNI, la credencial de afiliación, el formulario confeccionado por el médico y el turno asignado. También es necesario llevar un resumen de la historia clínica del paciente.
La documentación permite establecer las condiciones en las que debe realizarse el traslado y los requerimientos necesarios para que la persona pueda concurrir a su atención médica. Por eso, es importante reunir los papeles antes de iniciar la solicitud.
Dónde se puede pedir el traslado
En CABA, el Gran Buenos Aires y Rosario, el afiliado primero debe gestionar el turno médico y después avanzar con la solicitud del traslado. Una de las alternativas disponibles es comunicarse telefónicamente con PAMI para confirmar el servicio.
La línea habilitada es el 0800 222 0381, que funciona de lunes a viernes de 7 a 15. Según la información difundida, al realizar la llamada, el traslado queda validado en ese mismo momento.
MÁS INFO
También existe la posibilidad de hacer la gestión a través de la página web de PAMI o de manera presencial en la agencia que corresponde al afiliado. En esta última alternativa, hay que llevar la solicitud de traslado o el formulario firmado por el médico de cabecera o tratante.
Un trámite clave para quienes no pueden movilizarse
El servicio está pensado para facilitar el acceso a la atención médica de afiliados que tienen dificultades físicas para trasladarse por sus propios medios. Por eso, conocer los requisitos y anticipar la gestión puede evitar inconvenientes antes de una consulta, tratamiento o estudio.
En particular, conviene prestar atención al plazo de 48 horas hábiles requerido para solicitar el traslado. Además, quienes necesiten condiciones especiales, como médico u oxígeno, deben cumplir con la documentación adicional prevista para esos casos.
