Identidad de Género y tratamientos: la viceminista de Salud dejó en evidencia el discurso falso del Gobierno

Cecilia Loccisano dio una entrevista a la que se refirió a los "tratamientos en niños" cuando en realidad eso nunca estuvo contemplado en la normativa argentina. Le preguntaron cuántos se están realizando en el país y negó tener ese dato.

08 de febrero, 2025 | 15.38

La viceministra de Salud, Cecilia Loccisano, continuó con la ola de fake news y tergiversaciones que comenzó el Gobierno nacional desde el discurso del presidente, Javier Milei, en Davos, contra la comunidad travesti trans, en especial contra las infancias. En esta ocasión, la funcionaria fue consultada por la cantidad de tratamientos en "niños" y ella, en lugar de aclarar que esa posibilidad nunca estuvo contemplada en la normativa argentina, dijo no saber cuántos son. 

"¿Cuántos niños están haciendo el tratamiento en este momento, tenés ese número?", le consultó la periodista de Radio Rivadavia a la viceministra. "No, la verdad que, exactamente la cantidad de niños, no. Como vos decís, no es una política o una acción que tenga un impacto de suma relevancia. Lo que sí, nos parece muy relevante es la afectación de los derechos de los niños. Eso me parece que es la protección y es el objetivo. Esto no tiene que ver con una discriminación, ni con ninguna idea contraria a lo que es la defensa de los derechos de las personas y de la igualdad, pero sí de la defensa de los derechos del niño. me parece que es algo que no tiene mucha posibilidad de discusión", respondió sin aclarar que, en realidad, las infancias nunca tuvieron acceso a tratamientos hormonales.

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La respuesta fue en consonancia con el discurso desplegado por el Gobierno en su afán por atacar al colectivo LGBTIQ+, con especial énfasis en las infancias y adolescencias. Ese accionar se sucedió por parte del Ejecutivo desde el inicio de la gestión de Milei y se profundizó a lo largo del tiempo: con la desinstitucionalización de políticas públicas para las mujeres y las diversidades, así como con la construcción de una narrativa del odio y la diferencia que tornó aún más violenta desde el discurso en el Foro Económico Mundial, en Suiza; y aún más, en su respuesta a la Marcha del Orgullo Antifascista y Antirracista que se realizó hace una semana con más de un millón de personas en las calles con la modificación inconstitucional de la Ley de Identidad de Género.

Los discursos tergiversados para modificar la ley de forma inconstitucional

El primero que habló después de la Marcha fue Milei en una entrevista en LN+ en donde dijo que en la provincia de Buenos Aires había más de 240 centros de "hormonización" y que se "amputan" genitales a niños, aunque nada de eso es cierto porque la Ley 26.743 de Identidad de Género no avala esas prácticas en menores de 18 años. Y, en todo caso los "240 centros" son centros de Salud inclusivos en donde hay especialistas para atender a la comunidad travesti trans que tiene como expectativa de vida entre 35 y 40 años.

En tanto, la ley en su artículo 11 establece: "Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar: el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales". La ley sí prevé la autonomía progresiva de las personas -porque no es lo mismo tener 3, que 8 o 16 años- y es posible que un adolescente de 16 años, previo cumplimiento de una serie de requisitos y acompañamiento médico y tutorial, acceder a bloqueadores para retrasar la producción de testosterona y estrógenos.

Luego, el que estuvo a cargo de dar las noticias fue el vocero presidencial, Manuel Adorni, que al igual que Loccisano utilizó la supuesta "defensa de los niños" y la Convención sobre los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes -con garantía constitucional en nuestro país- para quitarles un derecho a las adolescencias trans de entre 16 y 18 años y propiciar la persecución contra toda esta comunidad. Justamente la ley que ahora modificaron hacia hincapié en el interés superior del niño y citaba la Convención, a pesar de que los funcionarios quisieron dar entender que no estaban contemplados.

"La oficina del Presidente informa que el Presidente Javier Mieli ha tomado la decisión de prohibir los tratamientos y cirugías para cambios de género en menores de edad", dice el comunicado sobre la decisión que dio a conocer Adorni, bajo argumentos totalmente carentes de aval científico y en donde anularon por completo la autonomía progresiva, que está tenida en cuenta en los tratados internacionales y en el Código Civil argentino. Al día siguiente, mediante el decreto 62/2025 decidió modificar la Ley 26.743.

"La LIG no puede modificarse por un DNU. Durante más de 10 años de vigencia, ningún juez declaró su inconstitucionalidad ni determinó que vulnere derechos de niños, niñas y adolescentes. Milei, en nombre de una supuesta defensa de la Constitución y la infancia, avanza contra una ley aprobada por amplias mayorías y reconocida internacionalmente por garantizar el derecho a la identidad", denunció la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) en sus redes sociales. Además, señaló que "las únicas intervenciones forzadas en menores de 18 años siguen siendo las que sufren las personas intersex, una práctica que la comunidad intersex denuncia hace décadas"

"Vamos a recurrir a la Justicia y la Corte Interamericana si es necesario Milei no puede modificar una ley por decreto", advirtió la Federación Argentina LGBT+.

Lo que sí establece la ley 

  • Menores de 18 años pueden cambiar su nombre, imagen y sexo registral en el DNI con el acompañamiento de sus padres y un abogado de la o el niño, bajo el principio de autonomía progresiva.
  • Si no cuentan con el consentimiento de sus progenitores, pueden recurrir a la vía sumarísima para que intervenga un juez. El Código Civil (artículo 26) refuerza este derecho, estableciendo los 16 años como edad para tomar decisiones de este tipo de manera autónoma para tratamientos de salud como terapias hormonales rige el mismo principio de consentimiento informado.
  • En el caso de cirugías, se requiere además autorización judicial.

Pero, además, la normativa reconoce el acceso a la salud y al trabajo sin discriminación.

En el artículo 13 establece el Trato digno: "Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.