La Justicia sobreseyó a las dos funcionarias que le permitieron a Cristina Kirchner recibir la renta por ex titular del Poder Ejecutivo en paralelo a su pensión por viudez. La Cámara Federal consideró que las procesadas no tuvieron intereses pecuniarios ni espurios en sus actuaciones, por lo que no cometieron delito alguno.
Guadalupe Niño y María Cecilia Insaurralde habían sido procesadas por el juez Luis Rodríguez por fraude en perjuicio de alguna administración pública. Sin embargo, la Sala 1 de la segunda instancia revocó el fallo y el embargo de $ 20.000 que se les había trabado.
Niño, directora general de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, emitió el dictamen 423950, que habilitó a que Kirchner cobre la pensión vitalicia (que se les otorga a todos los expresidentes), a pesar de que ya percibía una asignación mensual vitalicia desde el 28 de octubre de 2010 correspondiente a la defunción de Néstor Kirchner.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
Insaurralde, abogada de la Asesoría Legal de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales que orbita en la misma cartera, había hecho lo suyo en el dictamen favorable CNP-35776-2015, donde expresó que no había objeciones legales.
En los agravios, la defensa de las procesadas detalló que los documentos discutidos “no conllevaron al fraude que se investiga pues simplemente se limitó a ponderar las normas involucradas y elevó a consideración de quien ocupaba el cargo de ministro de Desarrollo Social en ese entonces la solicitud en trámite, siendo este funcionario quien dispuso la procedencia de la asignación a favor de la ex mandataria”. Es decir, argumentaron que se limitaron a leer las normas vigentes, que no prohibían el nuevo haber, y no se extralimitaron de sus funciones de consejeras legales.
En el fallo del 13 de marzo al que El Destape tuvo acceso, el camarista Jorge Ballestero señaló que “la cuestión era, sin dudas, novedosa, pues no existían precedentes de un caso de esas características”, por lo que no podía establecerse tajante la incompatibilidad de ambas asignaciones, como estableció el magistrado de primera instancia.
Por esto interpretó que Niño e Insaurralde “se limitaron a efectuar un examen de la normativa en juego. De dicha evaluación, consideraron que no había una incompatibilidad para hacer lugar a la solicitud de la ex mandataria mediante una opinión que, en todo caso, pudo declinar por la solución que pueda considerarse errónea pero no es posible estimarla como una conducta delictuosa”. Ballestero entendió que las funcionarias no dictaminaron en “contra de lo que creían correcto, sino que estimaron que la solución dada era la adecuada”.
“A su vez, de las constancias de la causa tampoco se puede establecer que hayan actuado motivadas por un interés ni espurio ni distinto al de sus funciones ni se advierte de las actuaciones que la opinión emanada fuera manifiestamente irracional como para configurar un delito”, remarcó.
El camarista Leopoldo Bruglia, quien secundó a Ballestero, abonó que “no existen pruebas que permitan avalar el elemento subjetivo que el tipo penal requiere, configurándose una hipótesis de discusión sobre la interpretación de una norma legal que ha quedado definitivamente zanjada”.
De esta manera, los jueces dictaron el sobreseimiento de ambas al “no encuadrar en una figura legal”, con lo que dejaron constancia de que el procedimiento “no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”, coo en todo fallo favorable deben aclarar.
El doble haber de Cristina Kirchner había sido difundido por el Gobierno ante un pedido de acceso a la información pública de Margarita Stolbizer a mediados de 2016, cuando reveló que recibía $ 143.539 brutos por la pensión por viudez, y otros $ 188.538 por exmandataria. Actualmente, la segunda percepción se encuentra inhibida por el juez Claudio Bonadio en el marco del embargo que le trabó por la causa por dólar futuro.
Niño e Insaurralde fueron procesadas por el magistrado Ramos en mayo del año pasado ante la denuncia penal presentada por Orlando Agustín Gauna, un ex comisario investigado en Santa Fe por amenazas al titular de la la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), José Schulman.
Pese a todo, en octubre de 2016, el entonces procurador del Tesoro, Carlos Balbín, dictaminó que la expresidenta deberá optar por una de las dos pensiones, que consideró incompatibles. Esto se litiga en el Juzgado Federal de Seguridad Social 10, a cargo Viviana Piñeiro. La jueza aguardaba la resolución del conflicto penal para continuar con el expediente 38.870/2017 iniciado por Cristina Kirchner, representada por el abogado Facundo Fernández Pastor.
LEER MÁS: Un fallo escandaloso benefició a Michetti en una causa caliente de corrupción