En los fundamentos, se sostiene que el proyecto tiene el objetivo de evitar "designaciones que pudieran ser tachadas como de dudosa constitucionalidad, como lo son todas aquellas que omiten la intervención de alguno de los órganos o poderes llamados a intervenir por la Constitución Nacional", se informó en un comunicado.
"La modificación que venimos a proponer resulta necesaria a fin de dejar previsto por ley, el único procedimiento de selección de jueces legalmente válido, en los términos de una interpretación restrictiva de las cláusulas constitucionales y el debido respeto a los tratados internacionales de Derechos Humanos; los que integran el corpus constitucional por gozar de igual jerarquía a partir de su incorporación con la reforma constitucional de 1994", escribió Carrió en el proyecto que redactó junto a los diputados del Bloque de la CC ARI, Fernando Sanchez, Alicia Terada y Leonor Martínez.
Los diputados de la CC ARI sostuvieron: "Más allá de las diferentes interpretaciones que en estos días han manifestado distintos conocedores en la materia respecto del art. 99 inc. 19 de la Constitución Nacional, no debemos perder de vista que los principios y garantías rectores de nuestra Carta Magna hacen imperiosa la preeminencia de una interpretación de las normas que regulan los procedimientos válidos para la designación de los jueces, que asegure en todos los casos, la designación de jueces naturales".
Y agregaron: "Son aquellos que gozan de absoluta independencia del Poder Ejecutivo desde el inicio, y la pueden mantener a partir de normas que garantizan la intangibilidad de sus cargos; lo que entiendo no ocurre con las designaciones "en comisión" realizadas en forma unilateral por el Poder Ejecutivo".
La iniciativa propone que el artículo quede redactado de la siguiente manera: "Los jueces de la Nación son nombrados por el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado y, salvo los jueces integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la debida intervención del Consejo de la Magistratura de la Nación. La compensación será uniforme para todos los jueces de una misma instancia, cualquiera sea el lugar donde desempeñe sus funciones. Este principio se aplicará igualmente para la retribución de todos los funcionarios y empleados de la justicia".