El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) avanzó en una depuración profunda de su marco regulatorio y dejó sin efecto normas históricas que regulaban la actividad yerbatera, entre ellas la que imponía condiciones de mayor calidad en la producción de la hoja.
A través de la Resolución 146/2025, el Directorio del INYM derogó tres resoluciones clave, modificó el régimen sancionatorio vinculado a las declaraciones juradas y ratificó que el organismo debe focalizarse en el control de calidad, la trazabilidad y la salubridad del producto, sin interferir en la formación de precios ni en la libre iniciativa privada.
En verdad, el INYM ya había dejado de intervenir en el precio de la yerba a mediados de noviembre pasado, mediante el Decreto N° 812/2025, que eliminó las facultades que el organismo tenía para fijar el precio de la materia prima que se pagaba a los productores.
Sin embargo, este martes se derogó la Resolución 15/2003, la cual determinaba ciertos estándares de calidad mediante la imposición de sanciones a quienes incumplieran esas medidas.
Entre otros puntos, esta resolución ahora eliminada establecía sanciones por:
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El exceso de palo en la yerba elaborada, la presencia de elementos extraños o contaminantes, o el incumplimiento del Código Alimentario Argentino.
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Prácticas prohibidas en la cosecha, como el uso de machete, el pisoteo del material, la presencia de flores, frutos o hojas quemadas, o el transporte de personal sobre la yerba.
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El exceso de semillas, bayas y materiales extraños en la yerba canchada.
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Deficiencias en higiene, seguridad, secanza, estacionamiento, identificación de bolsas y control de humedad.
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La tenencia, molienda o reprocesamiento del palo, considerado subproducto no apto para uso alimenticio.
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La presencia de animales, residuos y plagas en la playa de recepción.
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La falta de higiene y seguridad durante la cosecha, quebrado, acondicionado y transporte del producto.
De este modo, la derogación de la Resolución 15/2003 implica que quienes producen yerba mate para el consumo ya no necesitarán cumplir con estos estándares en el proceso de elaboración.
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La desregulación del precio de la yerba en el gobierno de Milei
El gobierno de Javier Milei volvió a determinar que el Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM) no tendrá potestad para fijar un precio de referencia para el kilo de yerba mate, ratificando la medida que había resuelto originalmente a fines de 2023, en una medida luego judicializada.
Así lo hizo mediante el Decreto 812/2025, de mediados de noviembre. La normativa modifica el funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) y recorta una serie de atribuciones que hasta ahora le permitían intervenir en el mercado, fijar condiciones comerciales y regular la actividad productiva.
Según el Gobierno, la medida apunta a una “modernización” del organismo para que se concentre exclusivamente en controles de calidad, evitando toda injerencia “que provoque distorsiones de precios o interfiera en la libre competencia”.
Sin embargo, el decreto reemplaza el artículo 8° del reglamento vigente y deroga una decena de artículos clave del histórico Decreto 1240/2002 que reglamentó el INYM, los cuales que eran la base de las facultades fijación de precios de referencia del Instituto.
De este modo, el Estado pierde su potestad para influir en el precio de la yerba, que queda liberado a lo que determine el mercado. Además, los productores pueden profundizar su crisis al no haber un precio mínimo a pagarles por el kilo de yerba cosechado.
El gobierno de Javier Milei ya había decidido quitarle la potestad al Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM) para la fijación de precios mediante el mega DNU 70/2023 de inicios de su gobierno, abriendo la posibilidad a una fuerte suba de uno de los productos más demandados en el país.
Pero, poco después, un fallo de primera instancia suspendió los artículos del DNU 70/2023 vinculados al INYM, que luego fue ratificado por la Cámara Federal de Posadas.
