Empleadas domésticas: cuánto cobran y el salario en julio 2026

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares actualizó las escalas salariales del sector. Cómo quedaron los sueldos por categoría, los adicionales obligatorios y qué deben cumplir los empleadores.

14 de julio, 2026 | 16.33

Las empleadas domésticas comenzaron a cobrar en julio de 2026 los nuevos salarios mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), en el marco del último tramo del acuerdo paritario homologado mediante la Resolución 4/2026.

La actualización contempla un incremento del 1,4% respecto de junio y, además, incorpora de manera definitiva al salario básico el 50% restante de las sumas no remunerativas otorgadas en marzo. Este cambio también impacta sobre el cálculo del aguinaldo, las vacaciones, las indemnizaciones, los aportes y demás conceptos laborales. Con la entrada en vigencia de las nuevas escalas, todos los empleadores deben respetar los salarios mínimos fijados para cada categoría y modalidad de contratación.

Salarios confirmados en julio 2026

Cuánto cobra una empleada doméstica en julio de 2026

Los salarios varían según las tareas desempeñadas y si el trabajo se realiza con retiro o sin retiro.

Tareas generales

La quinta categoría comprende las tareas habituales de limpieza, lavado, planchado, cocina sencilla y mantenimiento del hogar.

Los salarios mínimos son:

  • Con retiro: $3.733,72 por hora y $458.053,22 por mes.
  • Sin retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales.

Estos valores representan el piso salarial obligatorio para la categoría.

Escala salarial completa de empleadas domésticas

Supervisores

Corresponde al personal encargado de coordinar y supervisar las tareas de otros trabajadores del hogar.

  • Con retiro: $4.438,77 por hora y $553.725,91 mensuales.
  • Sin retiro: $4.829,13 por hora y $612.673,11 mensuales.

Personal para tareas específicas

Incluye trabajadores con conocimientos particulares, como cocineros especializados u otras tareas que requieren capacitación específica.

  • Con retiro: $4.223,25 por hora y $517.006,43 por mes.
  • Sin retiro: $4.597,18 por hora y $571.426,17 mensuales.

Caseros

Comprende a quienes residen en el domicilio donde prestan servicios.

  • $3.996,45 por hora.
  • $505.302,76 mensuales.

Asistencia y cuidado de personas

Incluye el cuidado no terapéutico de niños, adultos mayores, personas con discapacidad o con necesidades especiales.

  • Con retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales.
  • Sin retiro: $4.435,86 por hora y $558.972,92 mensuales.

Personal doméstico: salario confirmado en julio

Qué adicionales deben sumarse al salario del personal doméstico

Además del sueldo básico, la normativa establece una serie de adicionales obligatorios que integran la remuneración final.

Entre ellos se encuentran:

  • Antigüedad: 1% del salario básico por cada año trabajado desde el inicio de la relación laboral.
  • Zona desfavorable: adicional del 31% para quienes prestan servicios en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Carmen de Patagones.
  • Horas extras: recargo del 50% para las horas trabajadas fuera de la jornada habitual en días hábiles y del 100% cuando se realizan los domingos, feriados nacionales o los sábados después de las 13.

Todos estos conceptos deben figurar en el recibo de sueldo y forman parte de la base de cálculo de los restantes derechos laborales.

Qué obligaciones tienen los empleadores

Además de pagar el salario correspondiente, los empleadores deben cumplir con las obligaciones previstas por la legislación laboral.

Entre las principales se encuentran:

  • Registrar la relación laboral desde el primer día de trabajo.
  • Asignar la categoría correspondiente según las tareas realizadas.
  • Respetar las escalas salariales vigentes.
  • Emitir mensualmente el recibo oficial de sueldo.
  • Pagar el salario en tiempo y forma.
  • Ingresar los aportes jubilatorios, las contribuciones patronales y la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Otorgar vacaciones, licencias y descansos previstos por la normativa.
  • Abonar el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) en las fechas establecidas por la ley.

La registración se realiza a través del servicio "Casas Particulares" de ARCA mediante Clave Fiscal, donde deben informarse la fecha de ingreso, la categoría, la cantidad de horas trabajadas, la remuneración y los datos personales de la trabajadora.