Las empleadas domésticas que trabajan cuatro horas semanales percibirán en agosto los valores establecidos por la última escala salarial vigente del régimen de casas particulares. Hasta el momento, no se oficializaron nuevos aumentos, por lo que continúan aplicándose los montos correspondientes a los salarios de julio, que incorporaron el incremento del 1,4% acordado en paritarias.
La remuneración depende de la categoría laboral y de si la trabajadora presta servicios con retiro o sin retiro. De acuerdo con la Ley 26.844, quienes trabajan menos de 24 horas semanales para un mismo empleador deben cobrar por hora o por jornada.
¿Cuánto cobra una empleada doméstica por 4 horas semanales?
Tomando como referencia una jornada de cuatro horas por semana, los valores mínimos vigentes son los siguientes:
Tareas generales
- Con retiro: $14.934,88 por semana.
- Sin retiro: $15.985,80 por semana.
Supervisores
- Con retiro: $17.755,08 por semana.
- Sin retiro: $19.316,52 por semana.
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $16.893 por semana.
- Sin retiro: $18.388,72 por semana.
Caseros
- Sin retiro: $15.985,80 por semana.
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $15.985,80 por semana.
- Sin retiro: $17.743,44 por semana.
Estos montos corresponden a los salarios mínimos establecidos para trabajadoras registradas.
Cuánto vale la hora de una empleada doméstica en agosto
Hasta que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares disponga una nueva actualización, continúan vigentes los siguientes valores por hora:
Tareas generales
- Con retiro: $3.733,72.
- Sin retiro: $3.996,45.
Supervisores
- Con retiro: $4.438,77.
- Sin retiro: $4.829,13.
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $4.223,25.
- Sin retiro: $4.597,18.
Caseros
- Sin retiro: $3.996,45.
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.996,45.
- Sin retiro: $4.435,86.
Salarios de empleadas domésticas: qué adicionales pueden cobrarse
Además del salario básico, la legislación contempla adicionales que incrementan la remuneración cuando corresponde:
- Antigüedad: 1% del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador.
- Zona desfavorable: adicional del 31% para quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones.
- Horas extras: recargo del 50% en días hábiles y del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
Qué debe pagar el empleador
Además del salario, el empleador tiene la obligación de registrar la relación laboral y realizar los aportes correspondientes a:
- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Obra social.
- Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Estos conceptos deben figurar en el recibo de sueldo y garantizan el acceso de la trabajadora a la cobertura médica, aportes jubilatorios y protección frente a accidentes laborales.
