La finalización del último período de recategorización abrió una nueva etapa de controles de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre los contribuyentes del Monotributo. El organismo intensifica el análisis de la información disponible para detectar diferencias entre los ingresos declarados y el nivel de actividad económica registrado.
A partir de los cruces de datos, la exAFIP puede determinar que un contribuyente debería encontrarse en una categoría superior a la informada. En esos casos, tiene la posibilidad de avanzar con una recategorización de oficio, que modifica automáticamente la situación fiscal y genera la obligación de cancelar las diferencias correspondientes.
¿Qué datos puede tomar ARCA para realizar la recategorización?
Para realizar estos controles, el organismo utiliza información proveniente de distintas fuentes. Entre los datos que pueden ser analizados aparecen las acreditaciones bancarias, los movimientos registrados en billeteras virtuales, la facturación electrónica, los gastos relacionados con la actividad y los consumos efectuados con tarjetas.
También pueden formar parte de los cruces la información vinculada con alquileres y bienes registrados. De esta manera, ARCA busca establecer si el movimiento económico de una persona resulta compatible con la categoría del Monotributo en la que se encuentra inscripta.
Uno de los indicadores que puede despertar alertas es que los gastos y movimientos registrados resulten elevados en relación con los parámetros declarados. A partir de esos datos, el organismo puede presumir que los ingresos reales son mayores a los informados y disponer el pase a una categoría superior.
En las situaciones más graves, el análisis puede derivar en la exclusión del Monotributo, cuando se determine que el contribuyente ya no reúne las condiciones para permanecer dentro del régimen simplificado. La medida no implica solamente afrontar una cuota mensual más elevada. Una recategorización de oficio también puede derivar en el reclamo de las diferencias que deberían haberse abonado de acuerdo con la categoría correspondiente, junto con los intereses acumulados.
Además, el contribuyente puede quedar expuesto a multas de hasta el 50 por ciento del impuesto integrado y de los aportes previsionales que correspondían según su verdadera situación fiscal. Las comunicaciones de ARCA se realizan a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Una vez notificado, el contribuyente que considere incorrecta la recategorización cuenta con 15 días hábiles para apelar la decisión.
El trámite debe realizarse mediante el servicio de Presentaciones Digitales y requiere aportar la documentación que permita justificar la situación fiscal declarada. De esta manera, los contribuyentes pueden demostrar que los movimientos detectados por el organismo no implican necesariamente ingresos superiores a los límites correspondientes a su categoría.
