Sigue la polémica por el fallo que favoreció a un abusador: ¿quiénes son los jueces?

18 de mayo, 2015 | 14.24
El fallo que firmaron Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués en beneficio de un violador porque la víctima (de tan sólo seis años) era homosexual generó polémicas en todos los ámbitos. La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) ya anticipó que realizará una presentación de juicio político a los dos camaristas bonaerenses. Pero no es el primer fallo donde estos dos magistrados tienen argumentos en contra de víctimas de abusos sexuales de clase baja.

Hace cuatro años, en abril de 2011, fue presentado otro pedido de juicio político contra ambos, que podía prosperar en las próximas semanas. En esa oportunidad, Piombo y Llargués redujeron a la mitad una condena de 18 años a un pastor evangélico acusado de corrupción de menores.

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Ambos jueces habían considerado que las dos chicas (de 14 y 16 años, habitantes de una villa en Merlo), "eran de comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas". Además, dijeron que las adolescentes "poseían experiencia sexual incluso en yacer con otros hombres", por lo que le quitaron el delito de corrupción de menores y lo condenaron sólo por los abusos sexuales. Ambas quedaron embarazadas del pastor, que les hacía creer que, si no le "proporcionaban su cuerpo para procrear", Dios se enojaría con ellas. Finalmente, la Suprema Corte Bonaerense anuló el fallo en diciembre de 2012 por arbitrario y por ser claramente discriminatorio.

Más antecedentes

En febrero de 2011, Piombo y Sal Llargués le redujeron la condena de 24 a 16 años de prisión a un hombre que había sido condenado por el abuso sexual contra sus dos hijas. La reducción fue por la eliminación de los agravantes de la pena que había impuesto el Tribunal Criminal 1 del Departamento Judicial San Martín. Entre ellos figuraba el haber eyaculado dentro de sus dos hijas, exponiéndolas a quedar embarazadas o a contagiarse de alguna enfermedad de transmisión sexual.

Pero los magistrados consideraron que eso era "una especulación de algo que, en definitiva, no sucedió". Recalcaron que para exponerlas a un embarazo debía comprobarse que el acusado, al momento de los abusos "tenía espermatozoides aptos para generar y que también sus hijas estaban en condiciones de concebir". También descartaron como agravante "la corta edad de las víctimas" porque "sencillamente" el dato de la edad ya estaba "contemplado" por el tipo de delito.


Hay más: hace 12 años, la sala I, no sólo con los votos de Piombo y Sal Llargués sino también con el de Carlos Natiello, absolvió a un hombre de 20 años que había sido condenado por tener relaciones sexuales con una chica de 13. El Tribunal en lo Criminal Nº 4 de San Martín había considerado que se había aprovechado de la edad de la niña, por lo que lo había condenado a tres años y seis meses de prisión.

Pero los tres jueces de la Casación Bonaerense determinaron en 2003 que la chica tenía "los conocimientos para comprender las consecuencias de su acto" y que no fue acreditado ningún tipo de aprovechamiento. En el fallo, citan viejos códigos penales donde se hablaba de la figura de "mujer honesta".


Femicidio atenuado por provocación

En noviembre de 2011, Piombo y Sal Llargués le redujeron la pena a Marcelo Gentile, condenado por el homicidio de su pareja Dirlena Vierira, de 17 a 10 años y 3 meses. Para los dos jueces, le correspondían esa pena porque la víctima había "desafiado" a su agresor, que la mató a martillazos.

Gentile había confesado durante el juicio el crimen y le había relatado al Tribunal en lo Criminal n°7 de San Isidro que su pareja había puesto en duda su sexualidad en una discusión en la que ella le comentó que tenía una amante. El victimario argumentó que "una fuerza incontrolable" se había apoderado de él. Para el juez Piombo, la actitud de la mujer "fue casi provocativa" y colocó a su pareja en una situación "emocional especial". Ambos jueces tuvieron en cuenta, además, "la favorable impresión personal" que les causó Gentile.