El Gobierno anunció por DNU que se hará cargo de una parte del salario de los trabajadores en dependencia de empresas en crisis por los efectos económicos de parálisis por la pandemia. Por otro lado, anunció créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.
El texto del Decreto de Necesidad y Urgencia habla de un salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado y, además, créditos a tasa cero, con garantía del Estado Nacional. Esto es una modificación del régimen de empresas, va a regir hasta el 30 de junio y, por otro lado, asegura que se mantiene la reducción de aportes patronales para todas las empresas. En este mismo sentido sostiene que quienes se inscribieron hasta el viernes en el REPRO, se van a reconvertir en este sistema.
El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:
-Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
-Salario complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
-Crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) y para trabajadores/as autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de la Nación y el Banco Central, con un subsidio del 100% del costo financiero total.
-Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores/as que reúnan los requisitos previstos en las leyes N° 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo de entre 6.000 y 10.000 pesos.
Según explica el texto, esta es una modificación del artículo 2 del decreto 332/2020 y, además, una derogación del artículo 9 del mismo decreto. Bajo esta idea, se simplifica el sistema y se establece mecanismos directos para el pago de salario y para acreditación de beneficios particulares.
Por otro lado, el nuevo DNU, en su artículo 4, sentencia sobre el pago del 50% del salario neto del trabajador por parte de la Anses, establece como mínimo una suma equivalente a un salario mínimo y como tope la suma de dos salarios mínimos. Asimismo, hace referencia que los préstamos a tasa cero serán para las personas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y Autónomos a través de financiación directa a través de la tarjeta de crédito del beneficiario.
Por otro lado, la norma también bonifica a través del FONDEP, el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los réditos a Tasa Cero que se otorguen a personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y trabajadoras o trabajadores autónomos. Para poder lograrlo, se dispondrán 11 mil millones de pesos. Además, el FOGAR podrá disponer de otros 26 mil millones de pesos.