El monto máximo para las transferencias que fijó ARCA para diciembre del 2025

Las entidades financieras deben informar a la ex AFIP sobre transferencias que superen ciertos topes. La entidad puede aplicar serias multas económicas. 

09 de diciembre, 2025 | 04.15

Con el objetivo de lograr una mayor transparencia a la hora de hacer movimiento de dinero, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece límites mensuales para los usuarios y ya se fijó cuál va a ser el monto permitido en diciembre del 2025.

En importante saber cuáles son los valores permitidos por la ex AFIP ya que en caso de recibir transferencias por altos montos y poder demostrar su origen, el organismo puede intervenir con investigaciones y medidas que incluyen desde multas hasta bloqueos temporales de cuentas, o incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para determinar si hay un posible lavado de dinero.

En esa línea, ARCA actualizó los topes que determinan cuándo deben monitorearse las transferencias bancarias y virtuales. Esta actualización es automática y semestral, basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), conforme a la Resolución General 5512/2024.

De cuánto son los nuevos límites para las transferencias en diciembre:

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.

Cuando se superan estos montos vigentes en septiembre, se activan alertas que pueden derivar en análisis detallados por parte de ARCA, por lo que conocer estos valores es fundamental para operar dentro de la legalidad y evitar trabas.

También es necesario tener la documentación respaldatoria que justifique los montos como recibos de sueldo, constancia de jubilación, declaraciones juradas de impuestos, facturas por ventas o servicios o registros de transferencias anteriores. 

Superar estos límites puede ocasionar sanciones económicas por parte de ARCA.