La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los límites del régimen de Tráfico Vecinal Fronterizo que regula los productos que pueden pasar las personas que cruzan las fronteras con los países limítrofes. La modificación fue dispuesta por la ex AFIP mediante la Resolución General 5910/2026, publicada en el Boletín Oficial, y establece que los usuarios podrán sacar mercaderías por un valor máximo de US$150 por día y por persona.
El límite se aplicará al conjunto de los productos transportados, sin distinción por cantidad, variedad o tipo de artículo. La normativa también incorporó prohibiciones para determinados productos y presentaciones que no podrán egresar del país a través de este mecanismo.
¿Cuál es el objetivo de los nuevos límites de ARCA en la frontera?
Según la entidad, el objetivo es limitar el uso reiterado o fraccionado del régimen para trasladar mercadería que pueda terminar en actividades comerciales no autorizadas. El sistema está pensado para facilitar el intercambio cotidiano entre habitantes de localidades fronterizas, no para abastecer negocios ni desarrollar operaciones industriales.
¿Qué productos quedan excluidos?
Además del nuevo límite económico, la resolución estableció tres grupos de mercaderías que no podrán salir del país mediante el Tráfico Vecinal Fronterizo:
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Combustibles: no se permitirá su traslado en bidones, tanques suplementarios u otros recipientes.
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Granos: quedarán excluidos el trigo, la soja y el maíz, cualquiera sea su forma.
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Envases de gran tamaño: no se autorizará la salida de mercadería presentada en recipientes de 10 kilos o más.
La restricción sobre los envases apunta a evitar que el régimen se utilice para movilizar volúmenes que excedan las necesidades habituales de consumo de una persona o de su grupo familiar.
Quiénes quedan habilitados y la letra chica para cruzar con mercadería
Cabe señalar que el Tráfico Vecinal Fronterizo está reservado para quienes residen en zonas limítrofes y permite realizar determinados movimientos de mercaderías bajo condiciones específicas. Su utilización no habilita operaciones con fines comerciales o industriales. Para utilizar el régimen, la ex AFIP establece además que la persona debe ser mayor de 14 años y transportar mercadería de origen nacional, contando con la correspondiente factura que respalde la compra.
Más controles y lupa en la reventa: cómo vigilará la ARCA los pasos fronterizos
Con las nuevas disposiciones, ARCA busca reforzar la fiscalización de los cruces en los que se detecten traslados frecuentes, operaciones divididas en varias partidas o movimientos que puedan encubrir la reventa de productos. La resolución comenzó a regir este sábado y no modifica el régimen de franquicias para los argentinos que cruzan a los países limítrofes, realizan compras y posteriormente regresan al país, ya que esa es otra normativa.
