La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó los límites para las transferencias diarias a partir de febrero ya sea a través del banco o de una billetera digital. En caso de que el usuario pase ese límite, podría tener serios problemas.
La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que estarán sujetos a investigación todas las personas que realicen transferencias entre cuentas propias que superen los $600.000. En esa línea, también pondrán la lupa en los saldos mensuales que alcancen o superen el millón de pesos.
Además las billeteras virtuales también son vigiladas por ARCA, que estableció que cualquier monto que exceda los dos millones de pesos será objeto de investigación. Hay que prestar atención a las transacciones en monedas extranjeras o criptomonedas porque también cuenta con el mismo límite convertido en pesos.
Según el ente nacional. el objetivo es garantizar que el origen de los fondos sea lícito y que las operaciones financieras no presenten irregularidades y así prevenir el lavado de dinero.
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Las sanciones de ARCA ante movimientos sospechosos
Todos estos puntos son muy importantes porque si ARCA detecta movimientos sospechosos, tiene la facultad de iniciar una investigación para verificar el origen de los fondos a través de distintos mecanismos cómo podría ser una auditoría.
Además, si el contribuyente no logra justificar la legitimidad del dinero, el organismo de recaudación nacional creado el año pasado, puede tomar diversas medidas y sanciones como la emisión de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS), el cierre de la cuenta en cuestión o incluso pude llegar a la aplicación de sanciones fiscales y legales cómo la prisión.
Por este motivo, es muy importante tener siempre la documentación que respalde el origen de los fondos utilizados en una transferencia. Esto es algo vital para no tener problemas, porque si ARCA los solicita y el usuario no los tiene puede caer en una irregularidad y llegar a una auditoría fiscal.
Cuál es la documentación que me puede pedir ARCA para justificar fóndos
- Boletas de compra y venta: Justificativos de tus transacciones comerciales.
- Documentos de venta de acciones o empresas: Pruebas de las operaciones realizadas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios: Evidencias de tus ingresos.
- Facturación de los últimos meses: Detalles de tus ingresos y egresos.
- Constancia del monotributo: Registro de tu actividad económica.
- Certificado de fondos: Emitido por un contador público que acredite la legalidad de tus fondos.