La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó un nuevo sistema para simplificar la liquidación de salarios del personal de casas particulares que ya comenzará a regir en octubre de 2026.
La herramienta, denominada “Recibo Asistido”, permite calcular determinados conceptos de la remuneración a partir de los datos registrados en el organismo y de la información que ingrese el empleador. La modificación quedó establecida en la Resolución General 5912/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La norma implementada por la ex AFIP introduce cambios en el régimen de recibos de sueldo de las trabajadoras domésticas y busca facilitar la confección de los comprobantes mediante el servicio digital “Personal de Casas Particulares”.
El sistema no reemplazará por completo la intervención del empleador. Una vez que ingrese los datos requeridos, ARCA mostrará una propuesta con los importes calculados, que deberán ser aceptados o rechazados. Si el monto sugerido no corresponde, el usuario podrá modificarlo e incorporar los demás conceptos que integren la liquidación.
¿Cómo generar el recibo de sueldo en ARCA?
Para utilizar la nueva funcionalidad, el empleador deberá ingresar al sitio oficial de ARCA con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior. Una vez dentro del servicio “Personal de Casas Particulares”, tendrá que seleccionar a la trabajadora correspondiente y acceder a la opción “Generar recibo de sueldo”. La plataforma mostrará los datos identificatorios y la información general de la relación laboral.
Luego deberá completar los siguientes campos:
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Período a liquidar: el mes correspondiente al pago.
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Modalidad de liquidación: la opción aplicable al pago de los haberes.
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Remuneración: el importe que corresponda según la relación laboral.
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Cantidad de horas trabajadas: la información necesaria para realizar los cálculos.
Además, la sección “Adicionales y Descuentos” permitirá sumar otros conceptos mediante un menú con opciones predefinidas.
La resolución también establece que la validación de identidad realizada al ingresar con clave fiscal será suficiente para autenticar el recibo electrónico. Por ese motivo, el documento no necesitará una firma adicional del empleador. Sin embargo, hay situaciones en las que será necesario imprimirlo. Cuando el salario se abone en efectivo o la trabajadora solicite una constancia en papel, el recibo deberá emitirse por duplicado: el original se entregará a la empleada y el empleador conservará la copia firmada por ella como constancia del pago.
La plataforma también permitirá consultar los comprobantes electrónicos y la información relacionada con los aportes y las contribuciones. De esta manera, los trabajadores podrán acceder a sus recibos y revisar los registros de los pagos correspondientes a la seguridad social. La Resolución General 5912/2026 entró en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, este jueves 15 de octubre de 2026.
