La Justicia Federal de Goya sobreseyó a ocho personas investigadas por distintas hipótesis vinculadas con la desaparición de Loan Danilo Peña. En el fallo, la jueza Cristina Pozzer Penzo explicó que la decisión se tomó después de más de dos años de peritajes, análisis de comunicaciones, estudios patrimoniales y búsquedas de estructuras vinculadas con la trata.
No hubo relatos ni indicios de una abducción planificada para explotación
Uno de los primeros elementos analizados por la Justicia fueron las declaraciones de los niños y niñas que estaban en el Paraje Algarrobal el 13 de junio de 2024, además de los informes elaborados por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).
Según detalló Pozzer Penzo, el análisis conjunto de esas declaraciones, las intervenciones del equipo interdisciplinario y los informes técnicos permitió concluir que hubo una ausencia de elementos compatibles con una operación de trata. El fallo señala que se verificó la "ausencia de relatos, patrones o indicadores que refirieran la presencia de personas ajenas, logística de comercialización, abducción planeada para explotación u ofertas de dinero".
Los peritajes no encontraron una red de trata detrás de la desaparición
La Justicia analizó muestras biológicas, rastros, vehículos, pruebas con luminol y pericias odorológicas. Los estudios sobre los vehículos de Carlos Pérez, María Victoria Caillava, Walter Maciel y Daniel Ramírez aportaron elementos que, según el fallo, fueron considerados para investigar un posible desplazamiento físico del niño en el ámbito local. Pero esos resultados no permitieron avanzar hacia la hipótesis de una estructura de trata.
"Las muestras biológicas, rastros y pericias no aportaron ningún elemento de vinculación con estructuras, redes interprovinciales o transfronterizas, ni centros de acopio o recepción compatibles con la trata", precisó la jueza.
No encontraron pagos, transferencias ni movimientos de dinero sospechosos
La Justicia revisó estados de cuenta, movimientos bancarios, billeteras virtuales y distintos registros de activos. También se analizaron informes de ARCA, Mercado Pago y entidades bancarias, además de perfiles patrimoniales vinculados con lavado de activos.
El resultado, según el fallo, fue negativo para la hipótesis de una entrega del menor a cambio de dinero. La sentencia señaló que en esos informes "no surgieron registros de giros o transacciones económicas atípicas por cobro de recompensa o venta del menor".
Los teléfonos tampoco mostraron una operación de trata
El Comando Unificado Conjunto y los equipos especializados realizaron extracciones forenses y análisis de los dispositivos secuestrados. También intervinieron áreas dedicadas al análisis de comunicaciones y delitos complejos.
La Justicia buscó en chats, archivos, correos electrónicos, contactos y otros registros señales que pudieran vincular a los investigados con organizaciones dedicadas a la trata. Según el fallo, la búsqueda en las bases de datos incluyó palabras y conceptos relacionados con "transacciones, venta de niños, adopciones ilegales, precios en dinero, ofertas o contactos con organizaciones criminales" y arrojó un "resultado negativo".
La investigación agotó las principales hipótesis sin encontrar pruebas contra los ocho
La jueza dejó expresamente establecido que la decisión no se fundamentó "exclusiva ni primordialmente en el mero transcurso del tiempo". Por el contrario, escribió que fue consecuencia de una "intensa, constante e ininterrumpida actividad investigativa y jurisdiccional", durante la cual se produjeron, incorporaron, confrontaron y valoraron numerosas pruebas.
La magistrada concluyó que las diferentes líneas e hipótesis que fueron apareciendo fueron investigadas y luego descartadas "por ausencia de elementos objetivos capaces de conferirles sustento incriminatorio".
