Durante la campaña electoral cada gesto cuenta y uno particular del presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, llama la atención: el uso del sombrero. No solo lo lleva en apariciones públicas, sino que también está en la imagen de la boleta de votación para estas elecciones 2026 y, según reveló el mandatario, se debe a un tratamiento médico.
Por qué Lula da Silva usa sombrero: la razón médica detrás
El presidente brasileño explicó los verdaderos motivos durante el lanzamiento de su campaña por la reelección, donde reveló que es una indicación médica posterior a la operación que atravesó en abril de este año, cuando le extirparon una lesión de cáncer de piel ubicada en el cuero cabelludo. Tras ese procedimiento, Lula fue sometido a un tratamiento de radioterapia en la zona afectada, lo que llevó a los especialistas a recomendarle evitar la exposición solar directa sobre esa parte de la cabeza.
"Quiero decirles que llevo sombrero, primero porque me gustan, pero hoy es porque me hicieron radioterapia en la cabeza para tratar un cáncer de piel y no puedo exponerla al sol. Pero quiero decirles que voy a arriesgar mi salud y me quito el sombrero ante todos ustedes", había apuntado durante su discurso en São Bernardo do Campo el pasado 16 de agosto.
Días más tarde, durante una entrevista televisiva, el mandatario volvió a aparecer con el sombrero, lo que renovó el interés del público por conocer los motivos detrás de esa elección. Según explicaron desde su entorno, la recomendación de cubrirse la cabeza se enmarca en las pautas habituales para la prevención del cáncer de piel, que indican evitar la exposición al sol, especialmente en zonas del cuerpo que ya presentaron lesiones de este tipo.
¿Por qué generó polémica el sombrero en la boleta de Lula?
El uso de sombrero también tuvo repercusión debido a que en la imagen oficial de Lula para la boleta electrónica de las elecciones de 2026 lo lleva puesto. El uso del accesorio fue analizado por la Fiscalía Electoral, que declaró ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) que no observa ninguna irregularidad en la fotografía seleccionada por el mandatario al determinar que el sombrero no constituye propaganda ni dificulta el reconocimiento del candidato por parte de los votantes.
