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Monotributo en septiembre 2026: montos, escalas y cuánto hay que pagar este mes en ARCA

ARCA mantiene vigentes en septiembre los valores actualizados del régimen simplificado. La cuota mensual y los límites de facturación varían según la categoría y el tipo de actividad del contribuyente.

09 de septiembre, 2026 | 14.33
Monotributo

Los monotributistas deben afrontar en septiembre de 2026 los valores actualizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)que modificó durante el segundo semestre tanto las cuotas mensuales como los parámetros máximos para permanecer dentro del régimen simplificado.

La actualización fue del 16,8%, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre del año. En septiembre, los importes a pagar son los mismos que estuvieron vigentes en agosto.

El monto mensual depende de la categoría del contribuyente y, desde la categoría C, también cambia según se trate de una prestación de servicios o de una actividad vinculada con la venta de bienes.

Cómo queda la escala de monotributo en septiembre

Cuánto hay que pagar de Monotributo en septiembre 2026

Para un contribuyente de la categoría A que paga el componente impositivo, el aporte previsional y la obra social, la cuota mensual parte de $49.527,18. En el extremo superior de la escala, la categoría K tiene un pago de $1.614.446,04 para quienes prestan servicios y de $702.103,24 para quienes realizan venta de cosas muebles.

La escala completa de septiembre queda de la siguiente manera:

Categoría Servicios Venta de bienes
A $49.527,18 $49.527,18
B $56.379,08 $56.379,08
C $66.020,12 $64.530,58
D $84.612,93 $82.564,81
E $119.811,45 $108.267,51
F $150.784,21 $129.930,65
G $230.312,94 $158.815,05
H $522.706,68 $317.895,01
I $963.747,86 $474.992,78
J $1.167.299,76 $580.793,69
K $1.614.446,04 $702.103,24

Si un contribuyente supera los parámetros correspondientes a la categoría K, ARCA puede excluirlo del Monotributo y deberá inscribirse en el Régimen General.

Monotributo: cuáles son los topes de facturación vigentes

Además de las cuotas mensuales, la actualización modificó los límites de ingresos brutos anuales que determinan la categoría de cada monotributista. Los topes de facturación vigentes en septiembre de 2026 son:

Categoría Tope de facturación anual
A $12.009.410,45
B $17.595.182,74
C $24.670.494,31
D $30.628.651,43
E $36.028.231,33
F $45.151.659,41
G $53.995.798,87
H $81.924.660,37
I $91.699.761,90
J $105.012.519,20
K $126.610.838,75

La facturación anual no es el único parámetro que ARCA considera para determinar si un contribuyente puede permanecer en una determinada categoría. También se tienen en cuenta la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y, en el caso de la venta de bienes, el precio unitario máximo.

Escalas de monotributo

Para quienes venden bienes muebles, el precio unitario máximo permitido en septiembre es de $716.840,77. Superar ese valor puede afectar la permanencia dentro del régimen simplificado, independientemente del nivel de facturación anual.

Cuáles son los límites de consumo eléctrico por categoría

Los parámetros de energía eléctrica consumida durante el año también cambian según la categoría. Para la categoría A, el límite es de 3.330 kWh anuales; para la B, de 5.000 kWh; para la C, de 6.700 kWh; y para la D, de 10.000 kWh.

En la categoría E el máximo es de 13.000 kWh, mientras que en la F asciende a 16.500 kWh. Desde la categoría G hasta la K, el límite se mantiene en 20.000 kWh anuales.

La superficie afectada a la actividad es otro de los parámetros considerados por ARCA. Los límites son de hasta 30 metros cuadrados para la categoría A; 45 metros cuadrados para la B; 60 para la C; 85 para la D; 110 para la E y 150 para la F. Desde la categoría G hasta la K, el límite se ubica en 200 metros cuadrados.

Cuáles son los límites de alquileres del Monotributo

ARCA también establece montos máximos de alquileres devengados según la categoría. Para las categorías A y B, el límite es de $2.792.886,15. En C y D asciende a $3.816.944,41, mientras que para E y F llega a $4.841.002,66.

En la categoría G el máximo es de $5.771.964,69. Desde la categoría H hasta la K, el tope se ubica en $8.378.658,45.

Si alguno de los parámetros deja de corresponder con la categoría en la que está inscripto el contribuyente, puede ser necesario realizar una recategorización en el próximo período habilitado por ARCA. En cambio, si se supera alguno de los límites máximos de la categoría K, el organismo puede disponer la exclusión del Monotributo, lo que obliga al contribuyente a pasar al Régimen General.

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