El Gobierno estableció nuevas condiciones para los proyectos industriales y tecnológicos que requieran grandes cantidades de electricidad y que busquen incorporarse al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). La Secretaría de Energía creó un régimen específico para las denominadas Demandas Extratendenciales (XDEM), que obliga a los emprendimientos de gran escala a contratar nueva energía y a garantizar potencia firme suficiente para cubrir su consumo, con exigencias todavía mayores para los centros de procesamiento de datos.
La medida fue establecida mediante la Resolución 264/2026 de la Secretaría de Energía, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y alcanza a nuevas demandas o ampliaciones que representen al menos el “0,5% de la demanda media del MEM”. En términos de la demanda actual del sistema, ese umbral se ubica en torno de los “80 MW”, de acuerdo con la referencia utilizada para la instrumentación del régimen. La norma incluye tanto proyectos vinculados con procesamiento de datos e inteligencia artificial como emprendimientos productivos de minería, plantas de GNL e hidrógeno, según el Boletín Oficial.
La resolución modifica el esquema que había sido establecido por el propio Gobierno en octubre de 2025 y amplía el universo de proyectos alcanzados. Hasta ahora, el régimen contemplaba determinadas demandas de gran magnitud conectadas directamente al sistema de transporte. La nueva regulación extiende el tratamiento especial con independencia de que la vinculación al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) se realice mediante instalaciones de transporte o de distribución.
El cambio introduce una condición relevante para una política económica que durante la gestión de Milei buscó atraer grandes inversiones mediante incentivos fiscales, cambiarios y regulatorios: las compañías que proyecten consumos eléctricos de gran escala ya no podrán plantear su abastecimiento como una demanda adicional sobre la oferta existente sin acreditar, al mismo tiempo, nuevas fuentes de generación y respaldo de potencia.
Condición para las inversiones del RIGI
La resolución establece que cada nuevo proyecto alcanzado deberá presentar un Plan Especial de Abastecimiento. Ese programa tendrá que garantizar “al menos un 80% de nueva producción de energía” y respaldo físico de potencia suficiente para cubrir “el 100% de su consumo” en los emprendimientos productivos. Para los proyectos vinculados al procesamiento de datos, la exigencia asciende a “el 115% de su consumo”.
La diferencia para los data centers responde a una característica específica que el Gobierno identifica en la propia norma: se trata de instalaciones con consumos concentrados, elevados y de funcionamiento continuo. La Secretaría de Energía señala que las demandas asociadas al procesamiento intensivo de datos pueden generar mayores exigencias sobre “la reserva, la estabilidad y la capacidad de respuesta del SADI”.
El punto es relevante porque buena parte de los proyectos que el Gobierno presentó como parte de la nueva ola de inversiones tiene justamente esas características. Los centros de datos para inteligencia artificial requieren grandes cantidades de electricidad durante períodos prolongados, mientras que los grandes emprendimientos mineros y las plantas industriales asociadas a la producción y exportación de energía también pueden concentrar consumos de cientos de megavatios en una misma zona.
El régimen busca, según la explicación oficial, evitar que esa demanda termine abasteciéndose principalmente en el mercado spot y que el costo de cubrirla recaiga indirectamente sobre el conjunto de los agentes del MEM. Para eso, la resolución establece un sistema de cargos destinado a los proyectos que no cumplan con los niveles de cobertura requeridos.
La decisión introduce así una condición adicional a la ecuación económica de los proyectos promovidos por el Gobierno. La disponibilidad de energía deja de ser solamente un insumo que una empresa puede contratar dentro del mercado y pasa a formar parte de las obligaciones de infraestructura y abastecimiento que deberá acreditar antes de avanzar con la conexión.
La Resolución 400/2025 ya había establecido que determinadas demandas extratendenciales debían presentar un plan de abastecimiento con “al menos un 80% de nueva producción de energía”. Sin embargo, el régimen anterior establecía un respaldo físico de potencia de hasta “el 80% de su consumo” en determinadas condiciones. La nueva normativa modifica ese esquema y lleva la cobertura de potencia al “100%” para los emprendimientos productivos y al “115%” para los proyectos de procesamiento de datos.
