Los trabajadores de Córdoba tendrán dos feriados previstos para el lunes 9 y el martes 10 de noviembre de 2026 por la visita del papa León XIV a la Argentina. Quienes deban prestar servicios durante esas jornadas tendrán derecho a cobrar el doble por el día trabajado, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo.
Las fechas fueron establecidas mediante el Decreto 1103/2026, publicado en el Boletín Oficial el 28 de septiembre. La normativa declaró feriado nacional el lunes 9 de noviembre y dispuso una jornada adicional de descanso para Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el martes 10.
Sin embargo, la visita del Sumo Pontífice está sujeta a la evolución de su estado de salud y a la decisión que adopte el Vaticano sobre la continuidad de su gira por Latinoamérica.
Cuándo son los feriados por la visita del papa León XIV en Córdoba
El cronograma oficial establece tres fechas de feriado, aunque su aplicación depende de cada jurisdicción.
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Lunes 9 de noviembre: feriado nacional en toda la Argentina, incluida Córdoba.
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Martes 10 de noviembre: feriado exclusivo para Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Miércoles 11 de noviembre: feriado únicamente en la provincia de Buenos Aires.
Por lo tanto, los trabajadores de Córdoba alcanzados por la medida tendrán dos feriados consecutivos, mientras que el miércoles 11 será una jornada laboral habitual en la provincia.
Cómo se paga el feriado trabajado en Córdoba
El artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 establece que los empleados que presten servicios durante un feriado deben recibir su remuneración normal más una suma equivalente. Esto significa que el feriado trabajado se paga con un recargo del 100% sobre el valor habitual de la jornada.
La liquidación dependerá de la situación de cada trabajador:
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Si trabaja el lunes 9 de noviembre: corresponde el pago del feriado con el adicional del 100%.
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Si trabaja el martes 10 de noviembre: se aplica el mismo recargo, siempre que la fecha mantenga su carácter de feriado.
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Si trabaja ambos días: corresponde liquidar el adicional por cada jornada.
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Si no trabaja: conserva el derecho a percibir la remuneración correspondiente al feriado, conforme a las condiciones legales aplicables.
Para los empleados mensualizados, el sueldo habitual ya contempla la remuneración ordinaria de esas jornadas. Por eso, el trabajo durante un feriado genera un importe adicional que debe reflejarse en la liquidación salarial.
Cuánto cobra un trabajador si trabaja los dos feriados de noviembre
Para comprender el cálculo, se puede tomar como ejemplo a un empleado que percibe $40.000 por jornada habitual.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Valor habitual de una jornada | $40.000 |
| Remuneración total por un feriado trabajado | $80.000 |
| Remuneración total por dos feriados trabajados | $160.000 |
En este ejemplo, el monto de $160.000 incluye el pago habitual de ambas jornadas y sus respectivos recargos. No significa que un trabajador mensualizado deba sumar esa cifra completa a su sueldo, ya que la remuneración ordinaria está contemplada en el salario del mes. El adicional efectivo dependerá de las reglas de liquidación y del convenio colectivo correspondiente a su vigencia.
