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ARCA cambió la factura electrónica: ¿Cuáles son las modificaciones?

La ex AFIP modificó el régimen de comprobantes y sumó una nueva modalidad de Liquidación Electrónica Mensual. Los cambios incluyen nuevos requisitos para operaciones de alto valor.

21 de agosto, 2026 | 04.15
Arca

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen de facturación electrónica que obligarán a determinadas empresas y sectores a adaptar sus sistemas y procedimientos durante los próximos meses. Entre las principales novedades aparece la creación de una Liquidación Electrónica Mensual y un nuevo requisito de identificación para operaciones de elevado monto realizadas con consumidores finales.

Los cambios de la ex AFIP no entrarán en vigencia de manera simultánea para todos los contribuyentes. El organismo estableció un cronograma progresivo que comenzará en septiembre de 2026 y se extenderá hasta marzo de 2027, con diferentes fechas según la actividad alcanzada.

La nueva Liquidación Electrónica Mensual

Uno de los cambios centrales es la incorporación de la Liquidación Electrónica Mensual, una herramienta que permitirá concentrar en un único comprobante distintas operaciones realizadas con un mismo cliente cuando la normativa habilite esa posibilidad. El mecanismo alcanzará inicialmente a sectores específicos, entre ellos las compañías de seguros, entidades financieras, tarjetas y sistemas de pago, además de otros sujetos contemplados por el régimen.

La liquidación deberá emitirse hasta el último día de cada mes y, una vez generada, tendrá que ser puesta a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos posteriores. La posibilidad de agrupar operaciones no elimina la obligación de contar con documentación respaldatoria. Las empresas deberán conservar los registros y comprobantes que permitan identificar y verificar cada una de las operaciones incluidas en la liquidación.

Otro de los cambios que deberán tener en cuenta las empresas está relacionado con las operaciones realizadas con consumidores finales por $10 millones o más. A partir de ese monto será obligatorio incorporar al comprobante los datos que permitan identificar al comprador. Para ello podrán utilizarse el DNI, CUIL o CDI.

En el caso de compradores extranjeros, la normativa contempla la posibilidad de informar el documento o cédula de identidad correspondiente al país de origen o el pasaporte. Además, el comprobante deberá consignar la condición de la operación como “A CONSUMIDOR FINAL”. Según el sistema de facturación utilizado y las características de la operación, también podrán incorporarse otros datos identificatorios, como nombre, apellido y domicilio.

Cuándo comenzarán a regir los cambios

ARCA estableció un esquema de implementación gradual para permitir que los sectores alcanzados adapten sus sistemas. El cronograma previsto contempla las siguientes etapas:

  • Septiembre de 2026: comienza la implementación para las empresas de seguros.

  • Octubre de 2026: se incorporan las entidades financieras.

  • Diciembre de 2026: alcanza a tarjetas y sistemas de pago.

  • Marzo de 2027: comienza la última etapa de implementación.

Los cambios de ARCA en las facturas serán progresivas.

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