El caso de Julián Álvarez quedó en el centro de una modificación que puede cambiar para siempre el mercado de pases. La FIFA aprobó una reforma al reglamento de transferencias que apunta a limitar las cláusulas de rescisión desproporcionadas y establecer nuevos criterios para calcular indemnizaciones. La medida comenzará a regir en 2027 y surgió como consecuencia directa del histórico caso Lass Diarra.
Qué es la “ley Julián Álvarez” de FIFA
El nombre de “ley Julián Álvarez” sirve para explicar de manera sencilla una reforma que, en realidad, modifica el artículo 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ). El Bureau del Consejo de la FIFA aprobó el cambio el 10 de junio, después de las consecuencias generadas por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso de Lass Diarra.
La nueva normativa entrará en vigencia el 1 de enero de 2027 y cambiará el criterio utilizado para determinar cuánto debe pagar un futbolista o su nuevo club cuando existe una ruptura unilateral de contrato. La clave estará en la proporcionalidad.
Hasta ahora, una cláusula de rescisión podía establecer cifras extraordinariamente elevadas que, en la práctica, funcionaban como una barrera para impedir que un jugador pudiera abandonar una institución. Con el nuevo escenario, FIFA buscará que la indemnización tenga una relación razonable con las características reales del vínculo.
El caso de Julián Álvarez que puso el problema sobre la mesa
El delantero argentino aparece como uno de los ejemplos que permiten entender la dimensión del cambio. En su contrato con Atlético de Madrid, se mencionó una cláusula de rescisión equivalente a unas 40 veces su salario bruto anual. Una cifra de semejante magnitud puede transformarse en un obstáculo prácticamente imposible de superar para cualquier club interesado.
Precisamente ese tipo de situaciones es el que la nueva reglamentación pretende evitar. El nuevo artículo 17.1 establece que una cláusula seguirá siendo válida, pero podrá quedar bajo un control de proporcionalidad. Es decir, si la suma pactada resulta manifiestamente excesiva o injusta teniendo en cuenta las circunstancias de la operación, podrá ser cuestionada.
Entre los elementos que deberán analizarse aparecen el costo del fichaje, el salario acordado y el valor residual del contrato. La intención es que una cláusula no pueda utilizarse únicamente como mecanismo para bloquear la salida de un futbolista.
Cómo se calculará una indemnización sin cláusula
La reforma de FIFA también contempla qué ocurrirá cuando un contrato no tenga una cláusula de rescisión específica. En esos casos, la compensación deberá calcularse mediante criterios objetivos. Entre ellos estarán el valor residual del contrato, la remuneración que todavía debería recibir el jugador, el costo de encontrar un reemplazante y los daños que puedan acreditarse.
Esto supone una transformación importante porque las futuras disputas ya no deberían resolverse únicamente a partir de cifras establecidas de antemano. La idea es encontrar un punto de equilibrio entre dos intereses: proteger al club que pierde a un futbolista y garantizar que el jugador no quede atado a una cifra desproporcionada. También podrán evaluarse eventuales conductas inapropiadas de cualquiera de las partes a la hora de determinar las consecuencias.
¿La reforma de FIFA beneficia a Julián Álvarez?
No de manera automática. La propia Circular FIFA N.º 1970 establece que el nuevo artículo 17.1 será aplicable a los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2027. Eso significa que el nuevo reglamento no tendrá efecto retroactivo sobre los contratos firmados anteriormente. Por ese motivo, el vínculo de Julián Álvarez no puede beneficiarse directamente de la reforma. Sin embargo, el caso del argentino podría tener otra vía de discusión.
El antecedente de Lass Diarra
La reforma está directamente relacionada con la sentencia del caso Lass Diarra, que generó un fuerte impacto sobre las reglas del mercado de transferencias europeo. A partir de ese antecedente, Álvarez podría eventualmente recurrir a la jurisdicción ordinaria e invocar los artículos 45 y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
El planteo estaría relacionado con el derecho a la libre circulación de los trabajadores y con la competencia. La discusión pasaría por determinar si una cláusula equivalente a 40 años de salario puede representar una restricción desproporcionada para un futbolista que pretende continuar su carrera en otro club. No se trata, de todos modos, de una consecuencia automática de la nueva normativa de FIFA.
