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Repudio en Misiones: celebró su cumpleaños con temática nazi y ahora enfrenta una causa judicial

Las imágenes fueron publicadas por la pareja del cumpleañero en Facebook. Tras el escándalo, la mujer editó las imágenes con emojis.

19 de agosto, 2026 | 18.38
Torta con las esvástica nazi

Un cumpleaños en Oberá, Misiones, generó polémica porque el protagonista eligió la temática nazi para celebrar. El hombre, de 44 años, quedó bajo investigación luego de que se difundieran las fotos de una torta con una cruz esvástica nazi y de un niño de cinco años haciendo el saludo hitleriano.

Las imágenes se conocieron cuando la pareja del hombre, apodado Nito, publicó en sus redes sociales diversas capturas del festejo y en ellas se ven las diversas decoraciones relacionadas con el nazismo.

Una de ellas es la torta, la cual estaba cubierta con galletitas de chocolate y en el centro estaba decorada con una cruz esvástica, símbolo adoptado por el régimen de Adolf Hitler. Este repudiable hecho se podría encuadrar en el marco de la Ley 23.592 de actos discriminatorios y derivar en penas de un mes a tres años de prisión.

El hecho es investigado por el Juzgado de Instrucción 2 de la ciudad, tras la realización de dos denuncias vinculadas con el material que circuló en redes sociales. Tras las críticas, la mujer no borró las imágenes, sino que tapó con emojis la torta y ocultó la cara de su hijo, un niño de 5 años.

La denuncia y el avance de la causa

Una de las denuncias fue presentada en la Seccional Segunda por un hombre de 56 años que vio que en una de las imágenes aparecía su hijo, según informó el portal Noticias de Acá. El denunciante señaló que se enteró de la publicación a través de las redes sociales de su expareja, con quien tiene dos hijos en común.

La investigación deberá determinar bajo qué circunstancias se produjo el festejo, cómo se difundieron las imágenes y si los hechos denunciados constituyen alguno de los delitos previstos por la ley.

La difusión de las imágenes y la exhibición de esos símbolos es penada por la ley, dado que es propaganda basada en ideas o teorías de superioridad racial o de un grupo de personas por religión, origen étnico o color.

Según la Ley Nacional 23.592, se establecen sanciones para quienes participen en una organización o realicen propaganda sustentada en ese tipo de ideas.

Además, la norma prevé penas de un mes a tres años de prisión cuando las conductas se encuadran en los supuestos contemplados por la ley.

“En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”, explica la normativa.

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