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Reorganización en el AMBA: el Gobierno podrá fusionar colectivos, cambiar recorridos y

La disposición fue establecida mediante la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada el lunes 10 de agosto en el Boletín Oficial (BORA).

12 de agosto, 2026 | 18.59
Colectivos

El Gobierno nacional habilitó un nuevo mecanismo para modificar los recorridos de los colectivos de jurisdicción nacional, que incluye la posibilidad de fusionar líneas, reducir servicios, cambiar cabeceras y alterar la cantidad de unidades. La medida alcanza principalmente a los servicios que conectan la Ciudad de Buenos Aires con distintos puntos del Conurbano bonaerense.

La disposición fue establecida mediante la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada el lunes 10 de agosto en el Boletín Oficial (BORA). El nuevo régimen reemplaza el procedimiento vigente desde 2018 y busca agilizar los trámites para introducir modificaciones en los servicios.

¿Qué líneas de colectivos del AMBA podrán fusionarse y qué cambios en los recorridos podrán tener?

La Resolución 55/2026 alcanza a los servicios urbanos y suburbanos que permanecen bajo jurisdicción nacional. En el AMBA, comprende principalmente a las líneas que conectan la Ciudad de Buenos Aires con distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, además de determinados servicios urbanos y suburbanos interprovinciales.

Quedan excluidas las líneas que funcionan exclusivamente dentro del distrito porteño o de una provincia y dependen de esas jurisdicciones.

La normativa habilita fusiones totales o parciales de recorridos. Una empresa podrá unificar dos o más líneas cuando compartan una misma dirección y la medida permita mejorar el uso de los recursos. También podrán fusionarse parcialmente los tramos donde exista superposición de trazas. Si pertenecen a empresas diferentes, será necesaria una cesión total o parcial de los permisos.

Además, la Secretaría de Transporte podrá autorizar prolongaciones, ramificaciones, desdoblamientos, cambios de recorrido o de cabecera, modificaciones en la cantidad de unidades y supresiones totales o parciales.

Las supresiones podrán aplicarse cuando exista baja utilización del servicio o una asignación ineficiente de recursos. Antes de eliminar un recorrido, deberá analizarse si existen servicios alternativos o si es necesario implementar alguno para garantizar la cobertura de la zona.

El nuevo régimen también contempla modificaciones experimentales de hasta un año. Durante ese período se podrá evaluar el impacto del cambio sobre la demanda, la conectividad y los costos para determinar si la modificación se mantiene, se ajusta o se deja sin efecto.

Por otra parte, se amplía la posibilidad de implementar servicios expresos, que realizan menos paradas para reducir los tiempos de viaje. En las líneas del Suburbano Grupo I, estos servicios podrán representar hasta el 60% de los servicios comunes autorizados, mientras que en las del Suburbano Grupo II el límite será del 90%, con las excepciones previstas en la resolución.

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