El viernes 7 de agosto habrá una jornada no laborable en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires con motivo de las celebraciones patronales en honor a San Cayetano, una de las fechas religiosas con mayor arraigo popular en el país. La medida genera dudas entre trabajadores, comercios y vecinos porque no implica un feriado nacional ni alcanza de manera general a toda la provincia.
La disposición establece un régimen diferente según la actividad. En la localidad de Berdier, partido de Salto, el Decreto Nº 2164/25 dispuso la jornada como parte de las fiestas patronales de San Cayetano. La normativa contempla el alcance específico para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mientras que para la industria, el comercio y otras actividades privadas la adhesión es optativa.
Quiénes tienen feriado el viernes 7 de agosto
El punto central de la medida es que no todos los trabajadores tendrán automáticamente el día libre. En Berdier, la jornada del viernes 7 de agosto será no laborable para la Administración Pública, por lo que las dependencias estatales alcanzadas por la disposición no tendrán actividad habitual durante esa fecha.
La medida también alcanza a los trabajadores y las dependencias del Banco de la Provincia de Buenos Aires, por lo que la atención de esa entidad bancaria se verá afectada en la localidad alcanzada por el decreto.
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La situación es diferente para quienes trabajan en el sector privado. Para la industria, el comercio y las restantes actividades productivas, la jornada tiene carácter de feriado optativo. En esos casos, será cada empleador o establecimiento el que determine si mantiene la actividad o adhiere al descanso.
Por eso, para quienes trabajan en Berdier, la recomendación práctica es consultar con el empleador antes de asumir que el viernes será un día libre.
Qué pasa con los comercios y el sector privado
Uno de los aspectos que puede generar mayor confusión es la expresión "feriado". En este caso, no es un feriado nacional para todos los argentinos, sino de una jornada vinculada a una celebración patronal y circunscripta a determinadas jurisdicciones y actividades.
En el comercio y la industria, el carácter optativo significa que los establecimientos pueden decidir si abren normalmente o si suspenden sus actividades. La misma lógica alcanza a otras actividades privadas que se desarrollen en la zona comprendida por la disposición.
En consecuencia, un comercio ubicado en Berdier podría funcionar el viernes 7 de agosto, mientras que una dependencia pública o una sucursal del Banco Provincia alcanzada por la medida no tendrá su funcionamiento habitual.
Este tipo de jornadas locales tiene antecedentes en la normativa bonaerense. La Provincia suele establecer regímenes diferenciados para fiestas patronales y aniversarios de localidades, al declarar días no laborables para la Administración Pública y el Banco Provincia y dejando como optativa la adhesión de la industria y el comercio.
El municipio de San Cayetano también tendrá asueto por su fiesta patronal
La celebración del 7 de agosto también tiene un régimen específico en el partido de San Cayetano, donde el santo es el patrono de la comunidad y la fecha forma parte de una tradición local profundamente arraigada.
En 2025, la normativa municipal estableció para ese partido una jornada no laborable para la Administración Pública y el Banco Provincia, además de un feriado optativo para la industria, el comercio y las restantes actividades.
Por qué se celebra San Cayetano el 7 de agosto
San Cayetano es reconocido popularmente como patrono del pan y del trabajo. Cada 7 de agosto, miles de fieles participan de misas, peregrinaciones y celebraciones en distintos puntos del país para pedir por trabajo, estabilidad económica y bienestar familiar.
En las localidades bonaerenses donde se celebra como santo patrono, la fecha adquiere además una dimensión comunitaria. Por ese motivo, el decreto que alcanza a la localidad de Berdier y al partido de San Cayetano declara de interés municipal los actos y festejos vinculados con la celebración, tanto los realizados antes como después del 7 de agosto.
