La Justicia ordenó ampliar la última pericia médica en la causa por la muerte de Silvina Luna contra Aníbal Lotocki, el médico que la intervino estéticamente en 2011 y le había aplicado una inyección de polimetil metacrilato en sus glúteos con el objetivo de aumentar su volumen.
El caso investiga la responsabilidad penal de Lotocki, denunciado por Fernando Burlando y otros allegados a la actriz, bajo la carátula de homicidio simple. Ahora, el foco de la investigación está puesto en los controles y tratamiento que recibió la modelo, quien murió el 31 de agosto de 2023.
La Justicia ordenó ampliar el peritaje hecho el 15 de septiembre para que la junta médica se expida sobre si existieron errores o fallas en el seguimiento postoperatorio tras la operación realizada por el médico. Esta resolución la tomó el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, a cargo del juez subrogante Santiago Bignone, que atendió el pedido de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1.
El peritaje aseguró que la modelo murió como consecuencia de una sepsis que derivó en un tromboembolismo pulmonar. Esto ocurrió como resultado del ingreso de un cuerpo extraño a su organismo, es decir, una enfermedad granulomatosa gigantocelular. Los ocho especialistas en cirugía plástica, infectología, clínica médica, terapia intensiva y tanatología analizaron la historia clínica, los estudios previos y la autopsia de la actriz. Por ello, sostuvieron en el dictamen que hay vínculo entre los granulomas y la hipercalcemia con los tratamientos estéticos que se hizo Luna con Lotocki.
Cómo será la nueva pericia por causa por la muerte de Silvina Luna
El nuevo peritaje tiene cuatro ejes centrales que apuntan a determinar si el médico podía haber previsto o evitado el descenlace con medidas razonables, según Infobae. Primero busca saber si cuando aparecieron los granulomasm se pudo haber realizado algún tratamiento o intervención para evitar que desarrollara la hipercalcemia, un trastorno grave de calcio en sangre, que fue el desencadenante directo de la insuficiencia renal que sufrió Luna hasta el final de sus días.
En segundo lugar, se le solicitó a la junta médica que precise en qué momento exacto habría resultado oportuno aplicar ese tratamiento, y si existía la posibilidad de hacerlo. En este caso, el objetivo es establecer si hubo una ventana temporal en la que la evolución clínica pudo haberse frenado o revertido.
El tercer aspecto que deberán abordar son los controles médicos: la pericia deberá determinar si los controles postoperatorios realizados por Lotocki fueron los adecuados de acuerdo al tipo de intervención que se hizo. Este punto puede ser determinante para establecer la responsabilidad.
En último, y cuarto lugar, el Juzgado pidió analizar si el acusado “se encontraba en condiciones −de acuerdo a su experiencia y conocimiento del caso− de intervenir de alguna manera para evitar que el desarrollo de los granulomas le produjera a la paciente las consecuencias que tuvo en su salud”.
Las condenas de Aníbal Lotocki
Una vez que finalice el nuevo informe pericial, las actuaciones volverán a manos de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 1, que seguirá con la investigación. La modelo fue sometida a dos intervenciones médicas con Lotocki, el 3 de octubre y el 23 de noviembre de 2011, “donde el imputado le colocó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) en lugares del cuerpo en que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la ciencia médica”, según la causa.
“Ello le provocó alteraciones anatómicas en sus glúteos y muslos, con endurecimiento de la textura muscular”. Por esta razón, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº28 condenó, en febero de 2022, al médico a cuatro años de prisión e inhabilitación para ejercer la medicina por cinco años, tras ser encontrado responsable de las lesiones graves reiteradas que sufrieron Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Silvina Luna.
En noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal amplió la condena a 8 años. Además, consideró que también cometió el delito de estafa y aumentó la pena a 10 años el tiempo de inhabilitación para ejercer su profesión, cuya decisión fue confirmada en abril pasado por la Sala II. En esa resolución, Casación recordó que Lotocki había incurrido, como profesional de la salud, en un “relevante incumplimiento de los deberes propios de su rol de médico en su relación con el paciente”, por, entre otras cosas, aquella omisión de brindar información sobre los efectos de la sustancia en sus sus cuerpos.
Se mencionó especialmente el caso de Trenchi, quien en la causa y también durante el juicio afirmó que le había solicitado a Lotocki que no utilice en su cuerpo el PMMA. Por ese motivo, los jueces consideraron que había estafado a la mujer, debido a que había llevado adelante una operación distinta a la planeada y por la que le había cobrado.
