La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formalizó un incremento del 1,93% en los haberes de jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones familiares que comenzará a regir a partir de noviembre. El ajuste responde a la aplicación del esquema de movilidad mensual dispuesto por el Decreto 274/2024, el cual actualiza las prestaciones previsionales en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el INDEC durante septiembre.
De acuerdo con la Resolución 304/2026 publicada en el Boletín Oficial, el haber mínimo previsional pasará de los $435.748,51 vigentes en octubre —tras el alza previa del 1,66%— a un piso de $444.158,46 para el próximo mes, sin incluir eventuales suplementos extraordinarios.
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La normativa, firmada por el director ejecutivo del organismo previsional, Guillermo Héctor Arancibia, establece la nueva tabla de valores correspondientes a los haberes ordinarios del sistema. En este marco, el haber máximo previsional se ubicará en $2.988.765,82, mientras que la Prestación Básica Universal (PBU) alcanzará los $203.182,22 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijará en $355.326,77.
Paralelamente, la medida dispone la actualización de los límites imponibles para el cálculo de aportes asalariados: la base mínima ascenderá a $149.592,45 y la máxima se situará en $4.861.685,38. Asimismo, el organismo readecuó las remuneraciones de referencia utilizadas para calcular el haber inicial de quienes tramiten su retiro a partir del 1 de noviembre o hayan cesado sus actividades desde el 31 de octubre.
Respecto al esquema de bonos adicionales, aún resta la ratificación oficial por parte del Poder Ejecutivo sobre la continuidad y el monto del subsidio extraordinario de 70 mil pesos que se otorga desde 2024. Al tratarse de un refuerzo no contemplado dentro de los haberes ordinarios del régimen de movilidad, su liquidación efectiva depende de una decisión complementaria del Gobierno.
Esquema de asignaciones familiares y tramos de ingresos
Junto con los haberes previsionales, la ANSES adecuó las escalas de las asignaciones familiares, cobertura que alcanza a trabajadores del sector privado, empleados públicos, monotributistas, titulares del seguro de desempleo, personas bajo la Ley de Riesgos del Trabajo y jubilados. La percepción de estos beneficios y sus montos específicos se determinan a partir de la suma de ingresos del grupo familiar, aplicándose además un tope individual que puede desafectar al hogar si uno de sus integrantes supera el umbral normativo.
Para la Asignación Familiar por Hijo y la Asignación Prenatal, el beneficio máximo ascenderá a $79.812,80 por hijo en aquellos hogares con ingresos mensuales de hasta $1.212.301. En los tramos superiores de ingresos, la prestación disminuye progresivamente: será de $53.838,46 para ingresos familiares de entre $1.212.301,01 y $1.777.957; de $32.564,29 para el rango comprendido entre $1.777.957,01 y $2.052.708; y de $16.801,94 para las familias que perciban entre $2.052.708,01 y $6.419.726 mensuales.
En lo relativo a la Asignación por Hijo con Discapacidad, no rige un tope máximo de ingresos para el grupo familiar, aunque el valor del haber disminuye según la escala de ingresos. Los valores mensuales quedaron fijados en $259.861,30 para ingresos de hasta $1.212.301; $183.835,73 para el segmento entre $1.212.301,01 y $1.777.957; y $116.023,37 para ingresos familiares superiores a $1.777.957,01.
Las asignaciones de pago único por matrimonio, nacimiento y adopción experimentaron sus correspondientes ajustes. Los nuevos valores fijan en $93.032,34 el beneficio por Nacimiento, en $556.214 la asignación por Adopción y en $139.297,43 el haber por Matrimonio. En tanto, la asignación mensual por Cónyuge para jubilados y pensionados del régimen contributivo se estableció en $19.365,68.
