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ANMAT prohibió un fármaco inyectable para adelgazar por falta de autorización de seguridad

La medida alcanza a productos con retatrutida comercializados en todo el país debido a que el principio activo continúa en etapa de investigación clínica.

24 de septiembre, 2026 | 07.53
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir en todo el país el uso, la comercialización, la publicación y la distribución de cualquier producto destinado al consumo humano que contenga como principio activo “retatrutide” o “retatrutida”. La medida fue oficializada mediante la Disposición 6140/2026, publicada en el Boletín Oficial, y fundamenta que la sustancia se trata de un principio activo experimental que todavía no cuenta con la aprobación sanitaria necesaria para su expendio comercial.

El organismo sanitario remarcó que la retatrutida consiste en un fármaco experimental de triple acción que se promociona habitualmente en el mercado informal como un producto para la pérdida de peso. Sin embargo, la disposición normativa fundamenta que en el ámbito científico oficial constituye “un ingrediente que se encuentra en etapa de investigación clínica por sus potenciales efectos en pacientes que padecen diabetes tipo II y control inadecuado de la glucemia”.

Debido a esta condición experimental, la restricción adoptada abarca a “todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes, tamaños y presentaciones de cualquier producto” que declare contener la mencionada molécula.

Vías de comercialización informales y severos riesgos para la salud

La resolución regulatoria se alinea con una advertencia previa emitida por el ente fiscalizador el pasado 21 de agosto. En ese comunicado, la autoridad regulatoria de medicamentos ya había alertado a la ciudadanía sobre la presencia de artículos comercializados de forma no autorizada que se promocionaban públicamente por su “potencialidad para el control de peso, regulación del consumo calórico y mejora de la función metabólica”.

En dicha oportunidad, la institución advirtió enfáticamente que “aún no está probada su eficacia y seguridad, por lo que su uso resulta altamente peligroso para la salud. Corresponde sumar a ello que se desconocen datos de los presuntos fabricantes y como han sido elaborados y formulados los productos ofrecidos”.

Las investigaciones de control de mercado del organismo permitieron detectar la venta de estas sustancias a través de diversos canales digitales, incluyendo sitios web corporativos, plataformas de comercio electrónico y aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp. La ANMAT puntualizó que las formulaciones identificadas en el mercado se ofrecen bajo la modalidad de polvos para reconstitución e inyección.

Dicha vía de administración requiere por definición técnica estándares de calidad sumamente estrictos, además de la debida supervisión médica. Sobre este punto, la alerta oficial de agosto destacó que “los productos destinados a aplicarse por la vía de inyección poseen como factor de riesgo adicional la facilidad de diseminación de una infección al torrente sanguíneo en caso de encontrarse contaminado por la falta de controles en su elaboración, lo que podría llevar a la muerte”.

En el texto normativo se especificó expresamente que la medida restrictiva se mantendrá vigente “hasta tanto se encuentren autorizados por Anmat, excepto para el caso de investigaciones clínicas expresamente autorizadas por esta Administración Nacional”. Como cierre del pronunciamiento, la autoridad sanitaria recalcó de manera directa que “se recomienda enfáticamente a la población en general y profesionales no utilizar productos que no cuenten con la autorización”.

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