Los monotributistas deberán tener en cuenta en octubre de 2026 las escalas actualizadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que establecen nuevos valores para las cuotas mensuales y los parámetros que determinan la permanencia en cada categoría.
La actualización aplicada durante agosto fue del 16,8%, de acuerdo con la inflación acumulada durante el primer semestre de 2026. Como consecuencia, se modificaron los importes que deben abonar los contribuyentes, los topes de ingresos brutos anuales y otros límites del régimen. Con los valores vigentes, la cuota parte desde $49.527,18 mensuales en la categoría A y aumenta progresivamente hasta la categoría K. Desde la categoría C, además, el importe difiere según se trate de prestación de servicios o venta de cosas muebles.
Cuánto se paga de Monotributo en octubre 2026
Los montos mensuales establecidos para octubre son los siguientes:
| Categoría | Servicios | Venta de cosas muebles |
|---|---|---|
| A | $49.527,18 | $49.527,18 |
| B | $56.379,08 | $56.379,08 |
| C | $66.020,12 | $64.530,58 |
| D | $84.612,93 | $82.564,81 |
| E | $119.811,45 | $108.267,51 |
| F | $150.784,21 | $129.930,65 |
| G | $230.312,94 | $158.815,05 |
| H | $522.706,68 | $317.895,01 |
| I | $963.747,86 | $474.992,78 |
| J | $1.167.299,76 | $580.793,69 |
| K | $1.614.446,04 | $702.103,24 |
Estos importes corresponden a la cuota mensual integral para los contribuyentes alcanzados por los componentes impositivo, previsional y de obra social.
Cuáles son los nuevos topes de facturación del Monotributo
La actualización también elevó los límites de ingresos brutos anuales que se utilizan para determinar la categoría de cada monotributista.
- Categoría A: hasta $12.009.410,45.
- Categoría B: hasta $17.595.182,74.
- Categoría C: hasta $24.670.494,31.
- Categoría D: hasta $30.628.651,43.
- Categoría E: hasta $36.028.231,33.
- Categoría F: hasta $45.151.659,41.
- Categoría G: hasta $53.995.798,87.
- Categoría H: hasta $81.924.660,37.
- Categoría I: hasta $91.699.761,90.
- Categoría J: hasta $105.012.519,20.
- Categoría K: hasta $126.610.838,75.
La categoría K representa el nivel máximo del régimen. Cuando un contribuyente excede los parámetros permitidos para permanecer en el Monotributo, puede quedar alcanzado por la exclusión del régimen simplificado y pasar al Régimen General.
Qué otros parámetros controla ARCA para permanecer en el Monotributo
La facturación anual no es el único elemento que se considera para definir la categoría. Dependiendo de la actividad, también se contemplan la superficie afectada, el consumo de energía eléctrica, los alquileres devengados y el precio máximo unitario de venta. Para quienes venden cosas muebles, el precio máximo unitario de venta es de $716.840,77.
En cuanto al consumo eléctrico anual, los límites van desde 3.330 kWh en la categoría A hasta un máximo de 20.000 kWh para las categorías G a K. Los topes son:
- A: 3.330 kWh.
- B: 5.000 kWh.
- C: 6.700 kWh.
- D: 10.000 kWh.
- E: 13.000 kWh.
- F: 16.500 kWh.
- G, H, I, J y K: 20.000 kWh.
La superficie destinada al desarrollo de la actividad también integra los parámetros del régimen cuando corresponde. Los máximos vigentes son de 30 metros cuadrados para la categoría A; 45 para la B; 60 para la C; 85 para la D; 110 para la E y 150 para la F. Desde la categoría G hasta la K, el límite se ubica en 200 metros cuadrados.
Cuánto se puede pagar de alquiler según la categoría
ARCA también fija límites anuales para los alquileres devengados vinculados con la actividad:
| Categorías | Tope anual de alquiler |
|---|---|
| A y B | $2.792.886,15 |
| C y D | $3.816.944,41 |
| E y F | $4.841.002,66 |
| G | $5.771.964,69 |
| H, I, J y K | $8.378.658,45 |
Estos parámetros deben analizarse junto con los ingresos brutos y las demás condiciones correspondientes a cada actividad.
Qué pasa si un monotributista supera los topes
Superar el límite correspondiente a una categoría puede implicar que el contribuyente deba recategorizarse en el período previsto para ese trámite. La situación cambia cuando se exceden los parámetros máximos admitidos por el régimen. Si el contribuyente deja de cumplir las condiciones para permanecer en el Monotributo, puede corresponder su exclusión y el posterior ingreso al Régimen General.
Por eso, además de controlar el pago mensual, los monotributistas deben seguir la evolución de su facturación y del resto de los parámetros aplicables a su actividad para determinar si continúan correctamente encuadrados en su categoría.
