El Banco Central (BCRA) dio un nuevo paso para implementar el pago de salarios en dólares, al adaptar el sistema contable y el régimen de información de las entidades financieras para registrar específicamente las remuneraciones abonadas en moneda estadounidense. La medida completa la habilitación de las cuentas sueldo en dólares dispuesta a fines de julio, en el marco de la reforma laboral sancionada este año.
A través de la Comunicación “A” 8465, fechada el 10 de agosto y publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo incorporó al régimen informativo bancario un nuevo tipo de acreditación, denominado “Pago de remuneraciones en dólares estadounidenses”, destinado a identificar los haberes depositados en esa moneda. También creó la partida contable 315726 – Cuenta Sueldo para que las entidades registren esos depósitos.
La disposición complementa la Comunicación “A” 8460, emitida por el BCRA el 24 de julio y publicada tres días después, que había incorporado formalmente al dólar estadounidense como moneda admitida para recibir depósitos en las cuentas sueldo. De esta manera, el Banco Central adecuó el sistema financiero al cambio introducido por la Ley de Modernización Laboral 27.802, promulgada en marzo.
La reforma laboral modificó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para establecer expresamente que “El salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera”. Al mismo tiempo, el nuevo artículo 124 dispone que las remuneraciones en dinero deben acreditarse obligatoriamente en una cuenta bancaria o institución de ahorro oficial a nombre del trabajador. Esa cuenta sueldo no puede tener costos de constitución, mantenimiento o extracción para el empleado.
¿Cómo funcionarán las cuentas sueldos en dólares?
En cuanto al funcionamiento, la nueva normativa establece que los depósitos y extracciones en efectivo en dólares deberán realizarse obligatoriamente en la sucursal donde se abrió la cuenta sueldo. No obstante, también podrán efectuarse en otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, siempre que la entidad bancaria cuente con disponibilidad operativa para manejar numerario en dólares.
El BCRA aclaró que la cuenta sueldo en dólares mantendrá la gratuidad para depósitos vinculados a la relación laboral, acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo. En cambio, para montos que superen el salario, los bancos no estarán obligados a ofrecer este beneficio.
Esta reglamentación completa uno de los aspectos pendientes de la reforma laboral aprobada a principios de 2026, buscando dar mayor flexibilidad en la forma de pago de las remuneraciones. Sin embargo, el impacto real dependerá de la aceptación de trabajadores y empresas, así como de las condiciones cambiarias que rijan en el país en los próximos meses.
