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Cuánto gana una empleada doméstica por 4 horas semanales en octubre 2026

El personal de casas particulares tiene una nueva escala salarial este mes, con valores que cambian según la categoría y la modalidad con o sin retiro. 

05 de octubre, 2026 | 19.51
Personal doméstico

Una empleada doméstica que trabaja 4 horas semanales cobra desde $16.256,32 por jornada en octubre de 2026, de acuerdo con la nueva escala establecida por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El monto corresponde al personal de tareas generales con retiro, mientras que según la categoría el pago por cuatro horas puede llegar hasta $20.862,36.

Los nuevos valores incorporan un aumento del 1,7% respecto de septiembre. Además, durante octubre se integra a los salarios básicos el 50% de la suma no remunerativa que había sido otorgada en agosto.

Empleadas domésticas: cuánto cobran por 4 horas en octubre 2026

Para quienes trabajan por hora, el monto se calcula de acuerdo con el valor horario correspondiente a cada categoría. Por una jornada de cuatro horas, los mínimos son:

Categoría Con retiro Sin retiro
Supervisores $19.223,28 $20.862,36
Tareas específicas $18.323,20 $19.893,52
Caseros — $17.350,12
Asistencia y cuidado de personas $17.350,12 $19.206,08
Tareas generales $16.256,32 $17.841,44

Estos importes corresponden al salario básico por cuatro horas. A ellos deben sumarse los adicionales por antigüedad, zona desfavorable y horas extras cuando correspondan.

Salarios con aumento en octubre

Cuánto cobra por hora una empleada doméstica en octubre

Con la actualización del 1,7%, la escala salarial por hora queda de la siguiente manera:

Categoría Con retiro Sin retiro
Supervisores $4.805,82 $5.215,59
Tareas específicas $4.580,80 $4.973,38
Caseros — $4.337,53
Asistencia y cuidado de personas $4.337,53 $4.801,52
Tareas generales $4.064,08 $4.460,36

Así, para una trabajadora de tareas generales con retiro, que es la categoría que comprende labores como limpieza, lavado, planchado y otras tareas habituales del hogar, cuatro horas equivalen a $16.256,32.

Qué aumento tienen las empleadas domésticas en octubre

La actualización salarial fue establecida por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El esquema contempla aumentos mensuales durante la segunda mitad del año: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre, 1,6% en noviembre y otro 1,6% en diciembre.

En octubre también se incorpora al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se pagó en agosto. En septiembre se había integrado el 25% y el 25% restante se incorporará en noviembre.

Aquella suma extraordinaria había sido de $20.000 para quienes trabajan 16 horas semanales o más, $11.500 para jornadas de entre 12 y menos de 16 horas y $8.000 para quienes trabajan menos de 12 horas por semana.

Cuánto cobra el personal doméstico

Qué adicionales se suman al pago por 4 horas

Los trabajadores de casas particulares que cobran por hora también tienen derecho a los adicionales previstos para la actividad.

Por antigüedad, corresponde un 1% adicional sobre el salario básico por cada año trabajado para el mismo empleador. En las zonas consideradas desfavorables, en tanto, se aplica un adicional del 31%. Este último alcanza a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y en el partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.

Las horas extra tienen un recargo del 50% cuando se realizan en días hábiles y del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.

Cuándo corresponde pagar por hora a una empleada doméstica

Las trabajadoras que prestan servicios menos de 24 horas semanales para un mismo empleador cobran por hora o por semana, según lo acordado. El pago debe realizarse al finalizar la jornada o la semana.

Cuando trabajan 24 horas semanales o más para un mismo empleador, la remuneración pasa a ser mensualizada y se calcula de manera proporcional a la jornada realizada. Independientemente de la cantidad de horas, el empleador debe registrar la relación laboral y realizar los aportes correspondientes a jubilación, obra social y cobertura por riesgos del trabajo (ART).

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