El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) oficializó una modificación en el mecanismo mediante el cual se trasladan a las facturas de los usuarios los costos de compra del gas. A partir de agosto, el ajuste de las diferencias de precios dejará de aplicarse de manera estacional y pasará a realizarse cada dos meses. La medida había sido anunciada la semana pasada, pero fue oficializada este jueves a través de la Resolución 331/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La disposición está centrada en las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), que reflejan la distancia entre el precio efectivamente pagado por las compañías distribuidoras para adquirir el gas y el valor estimado que había sido incorporado inicialmente en las tarifas cobradas a los usuarios.
Hasta el momento, esas diferencias eran acumuladas y corregidas según un esquema estacional. A partir de la nueva resolución, tanto su cálculo como su traslado a las tarifas se efectuarán con una frecuencia bimestral. Las autoridades pretenden así impedir que la acumulación de saldos durante períodos más prolongados provoque incrementos abruptos en las facturas de los usuarios.
En ese sentido, el texto oficial señaló que la modificación de la periodicidad apunta a “adecuarla, transitoriamente, a un esquema que sostenga los principios de gradualidad y previsibilidad, evitando todo ajuste significativo derivado de plazos más extensos”.
El Gobierno sostuvo, además, que la medida se adopta dentro del contexto de la emergencia vigente en el sector energético nacional, recientemente extendida hasta el 31 de diciembre de 2027.
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La Secretaría de Energía ordenó al ENReGE modificar los procedimientos con el objetivo de que el esquema refleje el costo efectivo del gas, sin ocasionar ganancias ni pérdidas extraordinarias para las compañías distribuidoras y preservando el principio de “mínimo costo para los consumidores”.
En consecuencia, la Resolución 559/2025, que regulaba el mecanismo anterior, quedará suspendida de manera transitoria para impedir incompatibilidades normativas mientras se mantenga la emergencia. El ente regulador tendrá que garantizar el cumplimiento de los criterios de transparencia y de las pautas destinadas a evitar que los precios superen los valores de mercado.
Los cuadros tarifarios elaborados con esta nueva metodología entrarán en vigencia desde agosto de 2026. La disposición ya fue comunicada a todas las empresas licenciatarias encargadas de la distribución de gas natural en el país, con el fin de que sea aplicada de manera inmediata.
Aun así, no se precisa cuál será el impacto de la primera actualización. El porcentaje que finalmente se traslade a las facturas dependerá de la diferencia existente entre el precio del gas proyectado y el costo efectivamente pagado por las distribuidoras durante el período considerado.
